<h6><strong>Eduardo González</strong></h6> <h4><strong><a href="https://thediplomatinspain.com/2024/02/la-comision-de-venecia-concluye-su-mision-sobre-la-ley-de-amnistia-con-el-constitucional-y-la-fiscalia/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">La delegación de la Comisión de Venecia del Consejo de Europa que viajó hace poco más de un mes a España</a> para informarse sobre la proposición de Ley de Amnistía ha advertido de que, dado que las amnistías “tienen el efecto de anular o impedir decisiones y procedimientos judiciales”, debería corresponder al poder judicial, en nombre de la separación de poderes, decidir si determinadas personas cumplen los criterios para recibir esa medida.</strong></h4> <strong>La Comisión Europea para la Democracia a través del Derecho del Consejo de Europa, más conocida como Comisión de Venecia</strong>, adoptó ayer, durante su 138 sesión plenaria, un <a href="https://search.coe.int/directorate_of_communications/Pages/result_details.aspx?ObjectId=0900001680aee38a" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>dictamen</strong></a> sobre los requisitos de las amnistías en materia de Estado de Derecho, con especial referencia al <strong>“proyecto de Ley orgánica de Amnistía para la normalización institucional, política y social de Cataluña”.</strong> El dictamen se elaboró después de que el presidente de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa solicitara un estudio sobre los requisitos del Estado de Derecho que debe cumplir una amnistía y de que el presidente del Senado de España solicitara un dictamen en respuesta a seis preguntas relativas al proyecto de ley de amnistía parlamentaria presentado al Congreso de los Diputados de España. La Comisión de Venecia analizó las disposiciones pertinentes del proyecto de ley de amnistía en su versión del 13 de noviembre de 2023 y tuvo en cuenta, en cierta medida, las enmiendas aprobadas por el Congreso de los Diputados el 14 de marzo de 2024, según informó el Consejo de Europa en una nota de prensa. Al elaborar su dictamen, la Comisión llevó a cabo su análisis jurídico a la luz de las normas europeas e internacionales y del material comparativo. <strong>No se ha pronunciado sobre la conveniencia del proyecto de ley de amnistía, ni sobre su idoneidad para alcanzar el objetivo declarado, ya que considera que “se trata de decisiones políticas que deben tomar el Gobierno y el Parlamento españoles”</strong>. Tampoco <strong>se ha pronunciado sobre la constitucionalidad del proyecto de ley de amnistía, “que en última instancia corresponde decidir al Tribunal Constitucional español”, ni sobre su compatibilidad con el Derecho de la UE</strong>, que “podría ser objeto de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea”. <strong>A juicio de la Comisión de Venecia, las amnistías deben cumplir varios requisitos dentro del Estado de derecho:</strong> la legalidad y la supremacía de la ley, lo que supone, preferiblemente, la aprobación por el Parlamento con una mayoría suficientemente amplia y, en todos los casos, el cumplimiento de la Constitución; el respeto del Derecho Internacional, en particular las normas de derechos humanos; la seguridad jurídica, es decir, la claridad, la determinación, la accesibilidad y la previsibilidad de las disposiciones; la igualdad ante la ley, la independencia del poder judicial y la separación de poderes. <strong>“Por lo general, las amnistías están motivadas por razones de reconciliación social y política. Sin embargo, estos objetivos legítimos deben alcanzarse mediante métodos y procedimientos coherentes para no frustrar su propósito” </strong>y, por tanto, “deben inspirarse en la inclusión, la participación, un calendario adecuado y debates públicos”, prosigue. “En consecuencia, <strong>los procedimientos legislativos acelerados no son apropiados para aprobar leyes de amnistía,</strong> dadas sus consecuencias de largo alcance y su carácter a menudo controvertido”, añade. La Comisión subraya que las amnistías deben perseguir un objetivo legítimo en interés de la comunidad y especifica que la unidad nacional y la reconciliación social y política pueden considerarse entre esos objetivos legítimos. Asimismo, la proporcionalidad exige que, en cada caso, la amnistía propuesta sea un medio adecuado para lograr la unidad y la reconciliación. Además, el dictamen subraya que, si bien los órganos electos disponen de un margen de apreciación a la hora de juzgar si una amnistía es un instrumento eficaz, <strong>“las amnistías deben adoptarse con una mayoría cualificada suficientemente amplia, en la medida en que puedan tener efectos muy divisivos en la sociedad”.</strong> Por lo que se refiere a la independencia del poder judicial y a la separación de poderes, el dictamen señala que <strong>“las amnistías tienen el efecto de anular o impedir decisiones y procedimientos judiciales”.</strong> Por ello, en opinión de la Comisión, <strong>“para ser coherente con el principio de separación de poderes, debería encomendarse al poder judicial la decisión de si determinadas personas cumplen los criterios generales determinados por el Parlamento para aplicar la amnistía”.</strong> <strong> </strong> <h5><strong>“No debe estar diseñada para personas concretas”</strong></h5> En cuanto al ámbito material y temporal de aplicación de la ley de amnistía en España, la Comisión de Venecia reitera que “una amnistía no debe estar diseñada para cubrir a personas concretas”. A partir de estas consideraciones, la Comisión de Venecia observa que el proyecto de ley de amnistía se ha presentado “como una propuesta legislativa, es un procedimiento con consulta limitada al público, a las partes interesadas y a otras instituciones del Estado y ha seguido un procedimiento de urgencia”, y señala que <strong>el proyecto de ley de amnistía ha causado “una profunda y virulenta división en la clase política, las instituciones, el poder judicial, la academia y la sociedad española”.</strong> En consecuencia, la Comisión anima a todas las autoridades y fuerzas políticas españolas <strong>“a que se tomen el tiempo necesario para entablar un diálogo significativo en un espíritu de cooperación leal entre las instituciones del Estado, así como entre la mayoría y la oposición, con el fin de lograr la reconciliación social y política, y a considerar la posibilidad de explorar procedimientos de justicia restaurativa”.</strong> Asimismo, la Comisión recomienda a las autoridades que “procuren alcanzar una mayoría cualificada superior a la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados, como exige la Constitución para la aprobación de una ley orgánica”.