<h6><strong>The Diplomat</strong></h6> <h4><strong>El Consejo de Ministros ha autorizado la firma y la aplicación provisional del Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre España y Argentina.</strong></h4> <strong>El acuerdo fue firmado en Madrid el 20 de junio de 2019</strong> con ocasión de las consultas celebradas entre las Autoridades Aeronáuticas de ambos países y establece el marco legal que proporciona cobertura a los enlaces aéreos entre ambos países, adecuándolo a la normativa comunitaria. El texto, aprobado por el Gobierno este pasado martes, sustituirá al Convenio bilateral sobre servicios aéreos civiles, firmado en Madrid el 1 de marzo de 1947. Por entonces, el presidente argentino Juan Domingo Perón era uno de los pocos dirigentes mundiales que reconocían al régimen del general Francisco Franco, aislado internacionalmente por sus vínculos con las potencias del Eje. En el acuerdo se establecen <strong>unos principios muy flexibles en cuanto al régimen de operaciones que se pueden realizar entre España y Argentina</strong>, fortaleciéndose así las relaciones mutuas en el ámbito del transporte comercial aéreo. Durante las negociaciones, según el Gobierno, se acordó que cada parte podría designar tantas compañías aéreas como desease. El acuerdo, que entrará en vigor un mes después de la fecha de la última nota diplomática entre las partes, incorpora en su articulado <strong>las cláusulas administrativas que la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI)</strong> recomienda incluir en este tipo de acuerdos sobre servicios aéreos a sus Estados miembros. Aparte, al tratarse de un acuerdo de competencia mixta entre España y la Unión Europea (UE), su articulado incluye los <strong>principios y cláusulas estándares establecidos y exigidos por la UE</strong>. La Comisión Europea ha dado su conformidad para que España suscriba este acuerdo.