Un mes después de remitir la solicitud a la Agencia Tributaria se recibe el documento.
The Diplomat. Madrid
El Ministerio de Asuntos Exteriores prácticamente ha concluido el trabajo para capacitar a los consulados a que puedan expedir un número de identificación fiscal (NIF) a ciudadanos extranjeros que quieran realizar una actividad económica en España, algo que hasta entonces sólo podían hacer las oficinas de la Agencia Tributaria en territorio español.
Antes de que acabe este año 2015, todos los consulados (a excepción de los de Bagdad, Trípoli y Damasco, donde es “inviable” por el momento, según Exteriores) estarán en disposición de tramitar la asignación telemática del NIF, facilitando así las relaciones tanto de personas físicas como de personas jurídicas residentes en el exterior con la Agencia Tributaria.
Una de las novedades de la ley de emprendedores y su programa Emprende en 3, aprobados a finales de 2013, es que los consulados españoles pudieran expedir el NIF. Esta iniciativa se concibió como una simplificación administrativa para aquellos extranjeros que deseasen iniciar un negocio en España, evitándoles así el trámite burocrático de solicitar el NIF en alguna de las citadas oficinas en España.
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En el primer año de funcionamiento se expidieron 512 NIF a extranjeros en seis capitales europeas
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En el primer año de implantación de esta medida se entregaron un total de 512 NIF a extranjeros, todos ellos concentrados en seis capitales europeas. Cada solicitud cursada en un consulado es remitida a la Agencia Tributaria y en el plazo de un mes aproximadamente los interesados reciben el documento acreditativo del NIF por correo en su domicilio.
Por otro lado, gracias a la colaboración entre Exteriores y los ministerios de Justicia y Hacienda, el uso de la plataforma Corinto CES, para agilizar las comunicaciones entre los registros civiles consulares y la Dirección General de los Registros y del Notariado, será una realidad en las oficinas consulares a finales de 2016.