El Gobierno concede la nacionalidad española a seis extranjeros destacados

La entrenadora de la selección española de gimnasia rítmica, Anna Baranova. 

 

Gemma Rodríguez Betrián. Madrid. 

 

El Consejo de Ministros aprobó el viernes por Real Decreto la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a seis extranjeros que se han destacado por su estrecha relación con España, entre ellos, la bielorrusa Anna Baranova, entrenadora de la selección española de gimnasia rítmica desde 2004.

 

Baranova es «responsable de los numerosos éxitos del equipo español», destacó el Ejecutivo, diploma olímpico en los pasados Juegos Olímpicos de Londres en 2012 y participará «con el reto de conseguir una medalla» en los Juegos de Río de Janeiro que tendrán lugar el próximo año.

 

El Consejo también otorgó la nacionalidad española, al atleta de origen marroquí Iliass Fifa. Para ello, tuvo en cuenta su “contrastada experiencia” como corredor de fondo a nivel internacional que lo situaría entre los tres primeros de Europa y “dotaría de gran potencial a nuestra selección nacional”.

 

El Gobierno además, dió luz verde a otros cuatro Reales Decretos de concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza. En la lista figuran Luz María Casasús Fernández y Nora Patricia Albuerne Wendorf, dos mujeres de origen mexicano, relacionadas con los medios de comunicación.

 

En ambos casos, destaca “su cercanía a España” y “su defensa de los intereses y de la imagen de nuestro país”. Casasús desde la empresa Televisa de México y Albuerne distribuyendo el diario “El Mundo” a los lectores mexicanos, así como participando en la emisora madrileña Top Radio.

 

El empresario colombiano, Daniel Haime Gutt y Amit Manik Jagasia, original de la India, también obtuvieron la nacionalidad. En el primer caso, por su “especial vinculación con España a través de la Fundación Carolina Colombia, y en el  último, por “su condición de máximo responsable de ARKE Visados España, empresa vinculada a la Embajada de la India en Madrid.

 

La nacionalidad española se adquiere cuando en el interesado concurren circunstancias excepcionales y tras tramitar un expediente para cada caso particular. El solicitante debe jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes. Renunciará a su nacionalidad anterior, salvo los que procedan de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal.

 

 

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