Teodoro Obiang Nguema./Foto: www.guineaecuatorialpress.com
Eduardo González. 21/03/2016
El presidente de Guinea Ecuatorial, Teodoro Obiang Nguema, ha convocado elecciones presidenciales para el próximo 24 de abril, invocando una ley que, de aplicarse al pie de la letra, no le permitiría celebrar los comicios antes del 30 de octubre.
La convocatoria fue aprobada mediante decreto presidencial el pasado 11 de marzo, “con sujeción a lo que se establece en la Ley nº 7/2015 fecha 28 de mayo por la que se regulan las elecciones presidenciales en la República de Guinea Ecuatorial”. El mismo decreto asegura que la fecha de las elecciones ha sido decidida una vez “oído el parecer de los partidos políticos legalizados en el país”.
No obstante, tres de los partidos legalizados aludidos, Convergencia para la Democracia Social (CPDS), Unión de Centro Derecha (UCD) y Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial (CI), han denunciado en un comunicado conjunto que, durante la reunión que mantuvo Obiang el pasado 9 de marzo con los diversos líderes políticos, “lo que se vio es que el presidente ya había concertado con sus partidos asociados la fecha del 24 de abril”, y la reunión era sólo para dar “una apariencia de consenso”.
En consecuencia, la Ejecutiva de CPDS decidió este pasado sábado “no participar” en las elecciones presidenciales convocadas “ilegalmente” por Obiang e instó a sus militantes y simpatizantes a “no implicarse en ninguna de las actividades electorales” y, por tanto, a “no votar”.
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El Gobierno asegura que consultó antes a los partidos y, al mismo tiempo, admite que lo hizo «después del decreto»
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El propio primer viceprimer ministro, Clemente Engonga Nguema Onguene, ha reconocido oficialmente que, “después de la promulgación del decreto por el que se convocan elecciones presidenciales», citó a los líderes de todas las formaciones políticas legalizadas «para hacerles entrega del texto de dicho decreto, así como del calendario electoral”.
Los mismos partidos han asegurado que la convocatoria “es anticonstitucional” porque la propia ley invocada no permite celebrar elecciones presidenciales en la fecha anunciada. Tanto el artículo 51 de la citada Ley reguladora Nº 7/2015 como artículo 36-4 de la Constitución establecen que las elecciones se deben celebrar “45 días antes de la expiración de los poderes del presidente o, a más tardar, dentro de los 60 días siguientes”. El actual mandato de Obiang expira el 8 de diciembre y las elecciones, por tanto, deberían celebrarse entre el 30 de octubre del 2016 y el 5 de febrero de 2017.
Aunque la Constitución de 2011 fijó el mandato presidencial en dos periodos de siete años, y pese a que Obiang lleva en el poder desde 1979, la propia Ley Fundamental le permitirá presentarse nuevamente por considerarse que el mandato 2009-2016 es el “primero” en el actual marco constitucional. De vencer, gobernaría hasta 2023.