<h6><strong>Eduardo González</strong></h6> <h4><strong>Más de 2,3 millones de ciudadanos españoles residentes en el extranjero podrán votar el próximo 23 de julio en las primeras elecciones generales sin “voto rogado” desde 2011.</strong></h4> De acuerdo con los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), publicados la semana pasada, en las elecciones a Cortes Generales podrán votar un total de 37.466.432 electores. <strong>De ellos, 35.141.122 residen en España y 2.325.310 en el extranjero.</strong> <strong>Aparte, recordó el INE, los electores residentes en el extranjero podrán votar sin necesidad de solicitud previa.</strong> La Oficina del Censo Electoral (OCE) enviará a todos los electores la documentación necesaria para el voto en dos envíos independientes, documentación que podrá también obtenerse directamente en los centros de votación que establezca el Ministerio de Asuntos Exteriores del 15 al 20 de julio, que son los días habilitados para el depósito del voto en urna desde el exterior. Asimismo, el periodo de solicitud de voto por correo de electores que se encuentren temporalmente en el extranjero (ERTA) será hasta el 29 de junio, mientras que los electores residentes en el extranjero (CERA) que se encuentren temporalmente en España durante el proceso electoral podrán solicitar (al igual que los residentes en España) el voto por correo desde el 30 de mayo hasta el 13 de julio y enviar la papeleta no más tarde del 20 de julio. Las elecciones del 23 de julio serán las primeras que sea celebren en España en plenas vacaciones de verano. El voto por correo de los electores residentes en el extranjero (CERA) podrá enviarse al Consulado o centro de votación habilitado hasta el 18 de julio. Además, el depósito del voto en urna en el Consulado o centro de votación habilitado de los electores residentes en el extranjero podrá efectuarse entre el 15 y el 20 de julio, ambos incluidos. <h5><strong>El voto rogado</strong></h5> <strong>El pasado mes de octubre de 2022 entró oficialmente en vigor la ley de reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) para facilitar el voto de los españoles residentes en el extranjero, lo que puso fin a un sistema, el del voto rogado, cuya aplicación desde enero de 2011 se había traducido en un brusco descenso en la participación de los inscritos en el Censo de Residentes Ausentes (CERA).</strong> Los primeros comicios sin voto rogado fueron las recientes elecciones autonómicas y municipales del próximo 28 de mayo. El sistema del voto rogado obligaba a los españoles residentes en el extranjero a solicitar o rogar previamente el voto para participar en las elecciones generales, autonómicas o al Parlamento Europeo, cumpliendo para ello una serie de plazos muy breves tanto para la solicitud de la documentación electoral como para la remisión del voto por correo postal o su depósito en urna. Tales circunstancias, unidas al tiempo que se requiere para reunir e imprimir la documentación a enviar, y la dependencia de los servicios de correos extranjeros, dificultaba el cumplimiento de los plazos previstos en la normativa electoral, y con ello el ejercicio de este derecho fundamental a un número muy elevado de personas, en muy buena medida porque no recibían la documentación electoral a tiempo o porque se registraban incidentes en el envío posterior de sus votos por correo postal a las Oficinas Consulares. Por ese motivo, <strong>en las elecciones generales de 2011, 2015, 2016 y abril de 2019, menos del diez por ciento de los electores solicitaron o rogaron el voto </strong>como consecuencia de la complejidad del procedimiento (con la excepción de las elecciones de noviembre de 2019, en las que los electores que habían solicitado la documentación en los comicios de abril –8,69 %– no necesitaron reiterar su solicitud, lo que, unido a las nuevas solicitudes, permitió alcanzar un porcentaje del 10,61 por ciento). Aparte, <strong>los niveles de participación fueron todavía más bajos, ya que se situaron entre el 4,73 y el 6,8 por ciento en las elecciones generales de 2011, 2015, 2016 y 2019,</strong> unos porcentajes que contrastan claramente con los datos medios de participación anteriores a la aprobación de la reforma de 2011, que oscilaron entre el 22,99% en 2000 y el 31,88% en 2008. La modificación de la LOREG fue aprobada por el Congreso y el Senado los pasados 9 de junio y 21 septiembre a partir de una proposición de ley presentada, en febrero de 2021, por el Grupo Socialista y el Grupo Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común. El voto rogado fue introducido en 2011 por el Gobierno del socialista José Luis Rodríguez Zapatero con el apoyo de PSOE, PP, CiU y PNV.