<h6><strong>The Diplomat</strong></h6> <h4><strong>El Consejo de Ministros remitió este pasado martes a las Cortes Generales el Protocolo Anejo al Acuerdo entre España y la República Popular China sobre el establecimiento de Centros Culturales, al tiempo que autorizó la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho protocolo.</strong></h4> El acuerdo sobre el establecimiento de centros culturales, firmado en 2005, dio amparo jurídico a la presencia del <strong>Instituto Cervantes en China</strong>. No obstante, en aquel momento quedaron fuera del acuerdo ciertos aspectos fiscales y de estatuto de personal de estos centros. Por tal motivo, recordó el Gobierno, prácticamente desde el mismo momento de la firma del acuerdo comenzaron las negociaciones respecto a las cuestiones fiscales y de personal de los centros. Las negociaciones culminaron en este Protocolo Anejo, que dotará de un marco jurídico concreto a los asuntos relacionados con el tratamiento fiscal y con el estatuto del personal de los centros, “permitiendo superar los problemas que hasta la fecha ha ocasionado en estas cuestiones la ausencia de regulación”. El Consejo de Ministros del 23 de noviembre de 2018 autorizó la firma y aplicación provisional del Protocolo, que fue suscrito en Madrid el 28 de noviembre de 2018 por <strong>el entonces ministro de Asuntos Exteriores, Josep Borrell, y su homólogo chino, Wang Yi, con motivo de la visita de Estado del presidente de la República Popular China, Xi Jinping.</strong> En cuanto a los aspectos fiscales, el Protocolo determina que las partes acuerdan la exención de impuestos aduaneros para la importación de determinados artículos de uso común de los centros culturales, la posibilidad de importación provisional de artículos para su uso en exposiciones, representaciones y conciertos, y la posibilidad de que los centros puedan percibir cantidades por actividades y objetos, con la correspondiente exención de impuestos. Respecto al personal de los centros culturales, se les permitirá también una exención de bienes y enseres personales y las partes se comprometen a facilitar los trámites de autorización de entrada y residencia de dicho personal.