Julio Banacloche Palao
Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Complutense de Madrid
Ya han tenido lugar las dos primeras semanas del juicio que se está desarrollando en el Tribunal Supremo contra los políticos catalanes responsables de la organización de un referéndum ilegal y la proclamación de la independencia de Cataluña en octubre del año 2017. Tras los alegatos iniciales de las acusaciones y las defensas, donde no se ha producido ninguna sorpresa (las primeras se han reafirmado en la existencia del delito más grave, el de rebelión, y las segundas en que no se cometió delito alguno y que se está ante un proceso de contenido puramente político), se ha iniciado la práctica de las pruebas con las declaraciones de los acusados.
Conviene recordar que, en el proceso penal español, a diferencia de lo que sucede en los países anglosajones, no se practica primero la prueba de la acusación –que tiene que presentar “su caso”– y después la de la defensa –que decide qué prueba necesita en función de la mayor o menor solidez de la presentada hasta ese momento–, sino que aquí el orden de las pruebas se establece por los diferentes medios de prueba (primero la declaración de los acusados, luego de los testigos, después de los expertos), al margen de si han sido propuestos por la acusación o la defensa.
Las declaraciones de los acusados apenas han aportado algo a la clarificación de lo sucedido en aquellas fechas. Por un lado, porque muchos de ellos (como el ex vicepresidente Junqueras) se han limitado a hacer una declaración “para las cámaras”, negando haber realizado ninguna conducta delictiva y presentándose como mártires de la libertad y la democracia. Pero los que han decidido responder a las preguntas que se les han formulado sobre los hechos enjuiciados, han negado cualquier actuación contraria a la ley y han eludido su responsabilidad en la toma de decisiones o el uso de los fondos públicos.
Como en el sistema procesal penal español el acusado puede mentir en su declaración en juicio sin que ello conlleve para él ninguna responsabilidad añadida –también en esto diverge del proceso anglosajón, donde el acusado puede cometer un delito de falso testimonio–, el valor probatorio que tiene lo manifestado por los políticos catalanes es prácticamente nulo.
Pero, al margen de lo anterior, estas primeras sesiones también han sido poco relevantes porque la Fiscalía ha tenido un papel muy plano en los interrogatorios que ha protagonizado, llegando incluso a cometer graves errores (como atribuir a un acusado una actuación en la que no participó, o preguntar sobre un informe de la Guardia Civil sobre un correo electrónico en vez de sobre el correo original).
La impresión que ha quedado es que el Ministerio Fiscal no domina bien el conjunto de las actuaciones, o al menos no tan bien como los abogados defensores, lo que puede resultar preocupante cara a lo que resta de juicio oral para los que esperan una severa condena.
A mediados de esta semana comienzan las declaraciones de los testigos, entre ellos del ex presidente del Gobierno Mariano Rajoy. Desde un punto de vista probatorio, no parece que vayan a aportar muchos elementos incriminatorios (porque en el tipo de delitos que se juzgan en este caso las pruebas de cargo principales suelen ser las documentales e instrumentales), pero por el impacto mediático de muchos testigos es previsible que el ‘juicio del procés’ vuelva a situarse en un primer plano.
Y, una vez más, en esta nueva etapa que se abre –y que durará varias semanas, porque el número de testigos citados es amplísimo–, desempeñará un papel esencial el presidente del Tribunal, Manuel Marchena. Hasta ahora, las defensas han estado muy moderadas, porque declaraban sus defendidos; pero habrá que ver qué actitud mantienen cuando depongan testigos del Gobierno o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y si el presidente del Tribunal va a permitir interrogatorios de cariz político, o con tono agresivo, o de carácter reiterativo.
Una vez más, tendrá que actuar con mucha “mano izquierda”, combinando la flexibilidad con las defensas para evitar que puedan alegar en un futuro que se ha limitado su derecho, con la firmeza en el cumplimiento de las normas procesales que impida que el juicio se convierta en un mitín político o en un proceso contra el Estado. Lo cierto es que ahora empieza lo más interesante, y según se vayan desarrollando estas sesiones podremos predecir con más certeza cuál puede ser el resultado final del ‘juicio del procés’.
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