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Home Noticias El mundo en España

El Gobierno autoriza el convenio con Finlandia para evitar la doble imposición

Embajada Nepal
9 de octubre de 2017
en El mundo en España, Noticias, Portada
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El Gobierno autoriza el convenio con Finlandia para evitar la doble imposición
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El ministro y Figa tras la firma./ Foto: ess.fi

 

The Diplomat. 09/10/2017

 

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes la remisión a las Cortes Generales del Convenio entre España y Finlandia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y Protocolo.

 

El convenio fue firmado en diciembre de 2015 por la entonces embajadora de España en Finlandia, María Jesús Figa, y el ministro finlandés de Finanzas, Alexander Stubb, y supone una revisión íntegra del anterior acuerdo, en vigor desde 1967 y reformado en 1991.

 

El acuerdo se aplicará a las personas residentes de uno o ambos Estados y respecto de los impuestos sobre la renta exigibles por cada uno de ellos o sus subdivisiones políticas o locales.

 

El objetivo es posibilitar un tratamiento tributario adecuado a las circunstancias de los contribuyentes que desarrollen actividades económicas en el ámbito internacional, proporcionar un marco actualizado de seguridad jurídica y fiscal que favorezca los intercambios económicos entre los dos países, y facilitar la cooperación entre las respectivas autoridades fiscales en el desempeño de sus funciones.

 

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El acuerdo afecta a rentas inmobiliarias, beneficios empresariales, ganancias de capital y rentas de trabajo

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El convenio incluye los criterios relativos a la imposición sobre las rentas inmobiliarias; beneficios empresariales; transporte marítimo y aéreo; empresas asociadas; dividendos; intereses; cánones; ganancias de capital; rentas del trabajo; remuneraciones de consejeros; rentas de artistas y deportistas; pensiones; anualidades y pagos análogos; función pública; estudiantes y otras rentas.

 

Asimismo, se incluyen disposiciones relativas a los métodos para eliminar la doble imposición, a la aplicación de criterios de no discriminación, al procedimiento amistoso en caso de discrepancia con la forma de aplicación y al intercambio de información -adaptado al estándar de la OCDE- entre las respectivas autoridades competentes.

 

 

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