Jordi Soler y Amadeu Altafaj./ Fotos: @jordisolef y Generalitat de Catalunya
Eduardo González. 26/07/2016
El Comité de las Regiones cuenta desde el pasado 18 de julio con dos nuevos miembros de la Generalitat de Cataluña, entre ellos Amadeu Altafaj, cuyo cargo, “representante permanente de Cataluña ante la UE”, ha sido impugnado por España.
La decisión fue adoptada ese mismo día por el Consejo Europeo, según ha informado el Diario Oficial de la Unión Europea. Los designados son Jordi Solé, secretario de Asuntos Exteriores y de la Unión Europea del gobierno de Cataluña; y, en calidad de suplente, Amadeu Altafaj, representante permanente ante la Unión Europea de Cataluña.
Los nuevos miembros del Comité de las Regiones desempeñarán su cargo hasta el 25 de enero de 2020, a fin de cubrir lo que queda del actual mandato, que comenzó el 26 de enero de 2015 y cuyas plazas habían dejado vacantes el ex consejero de Presidencia Francesc Homs, actual portavoz del Grupo Catalán en el Congreso; y Roger Albinyana, secretario de Asuntos Exteriores y de la UE de Cataluña entre 2013 y 2016.
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Se da la circunstancia de que, aunque las designaciones han sido aprobadas a propuesta del Gobierno español (tal como prevé el artículo 305 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea), Amadeu Altafaj ha sido nombrado en virtud del ejercicio de un cargo cuya denominación, “representante permanente ante la Unión Europea de la Comunidad Autónoma de Cataluña”, ha sido impugnada por el Gobierno de España ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, tal como se reconoce en la propia decisión del Consejo.
El periodista Amadeu Altafaj, ex portavoz de la Comisión Europea, ejerce este cargo desde enero de 2015. Desde 2004, cuando se abrió la delegación catalana en Bruselas (la primera representación de Cataluña fuera de España), el cargo había sido asumido por un “delegado”, hasta que el Gobierno de Artur Mas decidió utilizar la misma expresión con que se denomina a los embajadores de España ante las organizaciones internacionales. El Gobierno ha presentado el recurso por considerar que esta denominación está reservada por el Derecho Internacional a los jefes de las misiones de los Estados.