<h6><strong>Eduardo González</strong></h6> <h4><strong>El próximo 1 de diciembre entrará en vigor para España el Protocolo Adicional a la Carta Social Europea que establece un sistema de Reclamaciones Colectivas que permitirá denunciar a los Estados ante el Comité Europeo de Derechos Sociales por incumplimiento de sus compromisos.</strong></h4> La <strong>Carta Social Europea</strong> fue aprobada en Turín en 1961 y ratificada por España en 1980, pero el Protocolo Adicional (que incorpora la posibilidad de denunciar a España o a cualquier otro Estado ante el Consejo de Europa por incumplimiento de las garantías sociales reconocidas en la Carta), aprobado en Estrasburgo en noviembre de 1995, aún no había sido ratificada por España debido a la necesidad de adaptar algunos aspectos de la legislación española. El Consejo de Ministros dispuso en febrero de 2019 su remisión a las Cortes Generales para obtener su autorización, pero la disolución de las Cámaras en marzo de ese mismo año por la convocatoria de elecciones motivó que no se produjera la autorización solicitada. Por ello, el Gobierno se vio obligado a remitir de nuevo este texto a las Cortes Generales en noviembre de 2020, por procedimiento de urgencia. El Consejo de Ministros autorizó su firma en diciembre de ese mismo año, pocos días después de que el PP votase en la Comisión de Exteriores del Congreso en contra de la ratificación de la Carta Social Revisada por considerar que no quedaba claro si incluía el tercer Protocolo Adicional, el cual, a su juicio, podría ir “en contra de la seguridad jurídica”. Tras superar el trámite parlamentario, <strong>el texto fue firmado el 5 febrero 2021 en Estrasburgo por el representante permanente de España ante el Consejo de Europa, Manuel Montobbio</strong>. El Rey Felipe VI firmó la aplicación provisional en España del Protocolo Adicional en julio de 2022 y el texto, según publicó la semana pasada el Boletín Oficial del Estado (BOE), <strong>entrará finalmente en vigor el 1 de diciembre, después de que España formulase unas declaraciones</strong> para dejar bien claro que el disfrute de los derechos señalados no es extensible “a extranjeros que no se encuentren en situación regular, salvo que exista autorización previa y expresa por parte de las autoridades españolas en la que se especifique el alcance y forma en que dicha protección hubiera de ser garantizada”. Tras la firma del Protocolo, el Gobierno indicó que su ratificación <strong>“permitirá que España pueda adoptar todo el sistema de la Carta Social Europea”, compuesto por la Carta Social Europea ratificada por España, tres Protocolos Adicionales, dos de ellos ya ratificados, y la citada Carta Social Europea Revisada.</strong> <strong>La Carta Revisada incorpora el derecho a la vivienda, a la dignidad en el trabajo y a la defensa de los abusos sexuales, entre otros</strong>. Aparte, y <strong>en función del Protocolo Adicional sobre Reclamaciones Colectivas, la Carta Revisada permite a organizaciones sindicales, empresariales y sociales presentar reclamaciones contra España o cualquier otro Estado ante el Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa por incumplimiento de las garantías sociales reconocidas en la Carta.</strong> Desde que se abrió a la firma en 1995, sólo catorce países han ratificado el Protocolo Adicional de reclamaciones colectivas, entre los que figuran Francia, Italia, Países Bajos, Bélgica, Grecia, Irlanda y Portugal.