<h6><strong>Eduardo González</strong></h6> <h4><strong>El Gobierno español ha autorizado la ratificación de cuatro enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI) que permitirán a este tribunal investigar como crímenes de guerra el uso del hambre como método de guerra y el empleo en contextos bélicos, tanto internacionales como internos, de armas biológicas, armas de fragmentos no localizables y armas láser cegadoras.</strong></h4> Este pasado martes, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la Ley Orgánica por la que se autoriza la ratificación de cuatro enmiendas al artículo 8.2 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, una vez que ya han sido aprobadas por las Cortes Generales. El texto fue firmado ese mismo día por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y entró en vigor este miércoles. El Estatuto de Roma, instrumento constitutivo de la Corte Penal Internacional, fue adoptado el 17 de julio de 1998 y ratificado por España el 24 de octubre de 2000, entrando en vigor para nuestro país el 1 de julio de 2002. Aparte, el artículo 121 del Estatuto de Roma establece la posibilidad de que, transcurridos siete años desde la entrada en vigor del mismo, cualquier Estado proponga enmiendas, que serán sometidas a la Asamblea de los Estados Partes. El 14 de diciembre de 2017, la Asamblea de los Estados Partes adoptó tres enmiendas para incluir como crímenes de guerra (enumerados en el artículo 8.2) el empleo en contextos bélicos, tanto internacionales como internos, de ciertas armas. Concretamente, las enmiendas incluyen como crímenes de guerra el empleo de “armas que utilicen agentes microbianos u otros agentes biológicos, o toxinas, sea cual fuere su origen o modo de producción”, el uso de “ cualquier arma cuyo efecto principal sea lesionar mediante fragmentos que no puedan localizarse por rayos X en el cuerpo humano” y el empleo de “armas láser específicamente concebidas, como única o una más de sus funciones de combate, para causar ceguera permanente a la vista no amplificada, es decir, al ojo descubierto o al ojo provisto de dispositivos correctores de la vista”. Aparte, el 6 de diciembre de 2019, la Asamblea de los Estados Partes adoptó una resolución para enmendar el citado artículo 8 insertando un apartado sobre el uso intencionado del hambre contra la población civil como método de guerra, en conflictos de índole no internacional, equiparándolos así con los de carácter internacional para los que el Estatuto de Roma ya prevé una norma idéntica en el mismo artículo. Concretamente, la enmienda incluye como crimen de guerra “hacer padecer intencionalmente hambre a la población civil como método de hacer la guerra, privándola de los objetos indispensables para su supervivencia, incluido el hecho de obstaculizar intencionalmente los suministros de socorro”. “La ratificación por parte de España de estas cuatro enmiendas, que suponen la inclusión de conductas particularmente nocivas para la población civil, como es el uso de armamento especialmente dañino o inhumano, o el recurso a la hambruna como arma de guerra en supuestos no previstos previamente, es coherente con el compromiso que nuestro país ha venido demostrando con los derechos humanos y con la Corte Penal Internacional desde su creación, como piedra angular del sistema de justicia penal universal que abandera la lucha contra la impunidad frente a los más graves crímenes cometidos contra la humanidad”, declaró el Gobierno. Las cuatro enmiendas al artículo 8 del Estatuto de Roma comportan una ampliación material de las potestades transferidas por parte de España (y del resto de Estados Partes) a la Corte Penal Internacional. Dado que se trata de competencias derivadas de la Constitución española, procede que la ratificación de las mencionadas enmiendas sea autorizada mediante ley orgánica, según lo previsto en el artículo 93 de la Carta Magna. <h5><strong>Gaza</strong></h5> El pasado 20 de mayo, el ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, denunció en Bruselas, con motivo de la reunión del Consejo de Asuntos Exteriores de la UE (CAE), que Israel está llevando a cabo “una acción deliberada” en la Franja de Gaza para “impedir que entre la ayuda humanitaria y, por lo tanto”, para provocar “una hambruna inducida” entre la población gazatí. El fiscal jefe de la CPI, Karim Khan, ha solicitado que se emitan órdenes de arresto contra el primer ministro israelí, Benjamin Netanyahu, y su ministro de Defensa, Yoav Gallant, así como contra dirigentes de Hamás por presuntos crímenes de guerra en la Franja de Gaza. El pasado 7 de febrero, España se unió a la declaración conjunta firmada por casi 80 países, entre los que no estaban ni Italia ni Hungría, en defensa de la Corte Penal Internacional frente a los ataques de Donald Trump. Según los firmantes, la CPI representa “un pilar vital del sistema de justicia internacional al garantizar la rendición de cuentas por los crímenes internacionales más graves y la justicia para las víctimas”.