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Simpatía por el diablo: USA, People and Commonwealth v. Mangione

El juicio contra el acusado de tirotear al director ejecutivo de UnitedHealthcare cuando este llegaba a un hotel de Manhattan pone de manifiesto las peculiaridades del sistema judicial norteamericano

Redacción The Diplomat
21 de febrero de 2025
en Análisis, Portada
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Simpatía por el diablo: USA, People and Commonwealth v. Mangione
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El asunto Mangione, que hoy día 21 tiene señalada su primera vista preliminar ante la corte criminal de Nueva York, pone de manifiesto las singularidades que el sistema judicial norteamericano tiene para el observador europeo.

 

Raúl César Cancio Fernández

 

El acusado de tirotear al director ejecutivo de UnitedHealthcare cuando este llegaba a un hotel de Manhattan, se enfrenta a cargos criminales que responden a dos criterios fundamentales: la tipología y el lugar de comisión.

Atendiendo al primer cedazo, en la justicia norteamericana concurren tipos penales federales y estatales. Por lo que respecta a los primeros, los fiscales federales han formulado acusación por dos cargos de acoso, otro de asesinato con arma de fuego y un delito de posesión ilícita de armas. Nótese que el empleo de arma de fuego en un caso de asesinato conlleva la posibilidad de solicitar pena de muerte.

En paralelo a la vía federal, recuérdese que Mangione fue arrestado el 9 de diciembre en Altoona, Pensilvania, siendo allí inicialmente acusado de posesión de arma de fuego sin licencia, falsificación y de proporcionar identificación falsa a la policía.

Finalmente, la fiscalía del Distrito de Manhattan aprecia en la conducta de Magione la voluntad de «intimidar o coaccionar» a la población e influir en la política del gobierno, por lo que la califica como acto de terrorismo.

A estas cuestiones de índole procesal debe añadirse un aspecto metalegal pero de extraordinaria incidencia jurídica. Es público que en torno a Mangione se ha generado una ola de simpatía y apoyo popular muy notable, con manifestaciones a las puertas de los juzgados al grito de “Liberen a Luigi”, protestas contra la industria de seguros de salud y hasta página web. Incluso hubo un aplauso prolongado cuando se mencionó su nombre en el programa “Saturday Night Live”. Todo ello ha concluido con la creación de un fondo legal a través de la plataforma  GiveSendGo, que ya ha reunido 460.000 dólares para el pago de las costas legales del procedimiento, con el argumento de que la industria estadounidense de seguros de salud privados ha arruinado innumerables vidas al negar a las personas el acceso a la atención básica. «No es de extrañar que las supuestas acciones de Luigi sean entendidas y apoyadas por decenas de millones de estadounidenses trabajadores», ha manifestado el portavoz de la plataforma.

Pues bien, toda esta corriente de apoyo popular y mediático puede tener un efecto procesal que, de prosperar, acarrearía la no culpabilidad del acusado. Se trata de la jury nullification o anulación del jurado, una figura procesal consuetudinaria que contempla que un miembro del jurado se niegue a condenar a un acusado a pesar de la abrumadora evidencia probatoria. En otras palabras, una reacción del jurado que percibe la potencial condena como materialmente injusta o moralmente inaceptable, a pesar de lo que dice la ley y lo que evidencian las pruebas. Estrategia procesal especialmente indicada para un procedimiento como este, en el que las evidencias probatorias son aplastantes. La defensa podría tratar de aprovechar la frustración de algún miembro del jurado con la industria de seguros con el argumento: ‘Oye, mira, vimos lo que hiciste. Sabemos lo que hiciste, pero lo disculparemos’.

A nadie se le escapa, por tanto, que el proceso de selección del jurado (voir dire) se torna mucho más importante que el propio acto del juicio, no en vano, en ese trámite selectivo la fiscalía tendrá que ser capaz de discriminar a los ciudadanos que prioricen sus convicciones personales por encima de la evidencia y la ley. The Law of Innocence, de Michael Connelly ha descrito ese proceso de voir dire como nadie.

La jury nullification se encuentra vinculada con el mismísimo germen de la nación norteamericana (Sexta Enmienda), cuando algunos jurados coloniales se negaron a condenar en protesta frente al poder británico:  «No solo es su derecho, sino también su deber en ese caso encontrar el veredicto de acuerdo con su mejor entendimiento, juicio y conciencia, aunque en oposición directa a la dirección de la Corte», defendía John Adams en 1771.

En el periodo previo a la Guerra de Secesión, muchos jurados en el norte se negaron a condenar a los acusados de ayudar a los esclavos a escapar y, de manera recíproca, algunos jurados en el sur absolvieron a los blancos acusados de matar a personas negras (Emmett Till, 1941).

Más cercano es el caso Kevorkian, conocido como “Dr. Muerte”, quien admitió que ayudó a varias personas a morir por suicidio, siendo absuelto tres veces por un jurado de cargos de suicidio asistido. Y, desde luego, tampoco han sido inusuales los casos de absoluciones de mujeres maltratadas que mataron a sus maridos, como el caso de Francine Hughes.

No es descartable, por tanto, la presencia en este caso de algún jurado sensibilizado con la industria aseguradora. Ahora bien, Mangione no le lanzó huevos o pintura a Thompson.

 


Raúl César Cancio Fernández

Doctor en Derecho por la Universidad Rey Juan Carlos

Licenciado por la Universidad Autónoma de Madrid, desde el año 2003 pertenece al Cuerpo de Letrados del Tribunal Supremo y desde 2013, es académico correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación. Miembro del Consejo de Redacción de la Revista Aranzadi Doctrinal; analista del equipo de Análisis Jurisprudencial del Centro de Documentación Judicial del CGPJ; relator de jurisprudencia de la Asociación de Consejos de Estado y Jurisdicciones Supremas Administrativas de la Unión Europea. Tiene dieciséis libros editados y casi doscientos artículos publicados en revistas especializadas. Participa en el Practicum de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Carlos III; miembro del panel de expertos de la Cátedra Paz, Seguridad y Defensa de la Universidad de Zaragoza y ponente habitual en los cursos del Centro de Estudios Jurídicos de la Administración de Justicia.

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