<h6><strong>Eduardo González</strong></h6> <h4><strong>El Tratado de Amistad y Cooperación entre España y Francia ha superado este lunes el trámite de la Mesa del Congreso de los Diputados para que se pueda debatir en la Comisión de Asuntos Exteriores de la Cámara Baja, a pesar de la reciente decisión del pleno del Senado de aprobar una solicitud de requerimiento al Tribunal Constitucional, presentada por el Grupo Popular, para que se pronuncie sobre la constitucionalidad de este texto.</strong></h4> El pasado 12 de febrero, el pleno de la Cámara Alta aprobó el recurso de inconstitucionalidad contra el Tratado, con los votos favorables del PP (que tiene mayoría absoluta en la Cámara Alta), UPN y Vox y los votos en contra del PSOE y el resto de sus habituales socios parlamentarios. El PP presentó su recurso de constitucionalidad, por vía de urgencia, el pasado 7 de febrero, solo una semana después de que el Consejo de Ministros acordase la remisión del texto a las Cortes Generales, también por vía de urgencia, y de que autorizase la manifestación del consentimiento de España para obligarse por el mencionado tratado. El PP argumenta que el Tratado (firmado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el presidente de Francia, Emmanuel Macron, en Barcelona el 19 de enero de 2023, en el marco de la XXVII Cumbre Bilateral hispano-francesa) dispone, en su artículo dos, que “un miembro del Gobierno de una de las Partes será invitado al Consejo de Ministros de la otra Parte, al menos una vez cada tres meses y por rotación”. Esta cláusula, según el recurso, “podría vulnerar lo dispuesto en los artículos 13.2, 23.2 y 98.1 de la Constitución Española”, en relación con la posible presencia del Rey “como único asistente al Consejo de Ministros que no es miembro del Gobierno”. Además, según el PP, el artículo 95 de la Constitución dice que “la celebración de un tratado internacional que contenga estipulaciones contrarias a la Constitución exigirá la previa revisión constitucional (en este caso, los artículos citados) y que “el Gobierno o cualquiera de las Cámaras puede requerir al Tribunal Constitucional para que declare si existe o no esa contradicción”. Con todos estos argumentos, el recurso pide al Tribunal Constitucional que se pronuncie sobre estas contradicciones entre los dos textos “con carácter previo a su autorización por las Cortes Generales y con suspensión de la tramitación del Tratado”. Pese al recurso autorizado por el Senado, la Mesa del Congreso (el órgano rector y de representación colegiada de la Cámara Baja, con representación de todos los grupos y encargado del gobierno interior y la organización del trabajo parlamentario) calificó este lunes el Tratado y, por tanto, no puso ningún impedimento para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores, antes de ser elevado al Pleno presumiblemente en marzo. Precisamente, esta cuestión salió este miércoles durante la intervención del ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, en el Pleno del Congreso, en la que acusó al PP de “boicotear las relaciones con nuestros vecinos” y de boicotear “el primer Tratado de Amistad con Francia de nuestra historia”. El llamado “Tratado de Barcelona”, el primero de estas características firmado entre ambos países, eleva las relaciones bilaterales al máximo nivel posible, equiparable al que ya tiene España con Portugal desde la Cumbre de Trujillo de octubre de 2021 y al que mantiene Francia con Alemania e Italia desde Aquisgrán en 1963 y Roma en 2021, respectivamente. Francia ya ha ratificado el texto, pero España no ha podido dar todavía ese paso, precisamente, por las dudas sobre la constitucionalidad de la cláusula que prevé la presencia de representantes de un país en los consejos de ministros del otro. El propio José Manuel Albares aseguró a finales de enero, durante su visita oficial a Francia y tras reunirse con su homólogo francés, Jean-Noël Barrot, que España ratificará el Tratado de Amistad “de aquí al verano, como muy tarde”.