<h6><strong>Eduardo González</strong></h6> <h4><strong>Desde el pasado 15 de octubre se aplica de forma provisional el Acuerdo entre España y Reino Unido sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas por parte de familiares dependientes de miembros de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, firmado en Londres el 16 de septiembre de 2024.</strong></h4> Los beneficiarios de este acuerdo son los familiares dependientes que formen parte del hogar de un miembro de una misión diplomática o de una oficina consular del Estado acreditante que deseen llevar a cabo una ocupación remunerada que no esté sujeta a las normas aplicables del derecho internacional, tales como la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961, la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963 o cualquier otro acuerdo bilateral equivalente. En virtud del acuerdo, publicado este pasado miércoles por el Boletín Oficial del Estado (BOE), los familiares dependientes de estas personas quedan autorizados para ejercer actividades remuneradas en el Estado receptor, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado, una vez obtenida la autorización correspondiente de conformidad con lo dispuesto en este acuerdo. España ha ratificado acuerdos de esta naturaleza con más de treinta Estados. Para los fines de este acuerdo se entienden por familiares dependientes a los cónyuges, las parejas de hecho o parejas con las que se mantenga una unión análoga a la conyugal (siempre y cuando sea reconocida como tales por las autoridades de los dos países), los hijos solteros menores de 18 años, los hijos entre 18 y 25 años que cursan estudios a tiempo completo en una institución educativa aprobada por el Ministerio de Asuntos Exteriores del Estado receptor y los hijos, independientemente de su edad, que vivan a cargo de sus padres y tengan alguna incapacidad física o mental. Según el Gobierno, este tipo de acuerdos responde a la transformación social que España ha experimentado en las últimas décadas, que ha tenido también su reflejo en la figura de las parejas y familiares dependientes de los funcionarios del servicio exterior de España, que ha evolucionado a un perfil diferente del tradicional. En su gran mayoría, estas personas cuentan con una formación académica, titulación superior o universitaria, una preparación técnica y una experiencia laboral que no desean interrumpir, sino que, por el contrario, desean desarrollar mientras acompañan a su pareja en el desempeño de una misión oficial en el exterior.