<h6><strong>The Diplomat</strong></h6> <strong>El Gobierno destinará 499.000 euros para subvencionar a las instituciones asistenciales que prestan ayuda a españoles en situación de necesidad en el extranjero, en su mayoría residencias de ancianos regentadas por personal religioso en América Latina.</strong> De acuerdo con el extracto de la convocatoria para las subvenciones correspondientes al ejercicio de 2023, firmada el pasado 19 de abril por el director general de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares, Xavier Martí Martí (en representación del ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares), y publicado el 23 de abril por el Boletín Oficial del Estado (BOE), el objeto de las subvenciones es la concesión de ayudas económicas a instituciones asistenciales domiciliadas en el exterior que, a iniciativa propia, prestan ayuda gratuita o semigratuita a ciudadanos españoles en el extranjero, en estado de necesidad y carentes de recursos propios, con el fin de estimular, compensar y complementar la actuación asistencial de dichas instituciones. Las ayudas económicas que se concedan a esas entidades se destinarán a gastos para la asistencia social, sanitaria o análoga a los beneficiarios españoles y, excepcionalmente, a gastos de mantenimiento ordinario de las instalaciones que los acogen, y de reparación o reposición de elementos imprescindibles para su asistencia realizados durante el año en el que se concedan las subvenciones. El importe total máximo será de 499.000 euros y la cuantía individualizada de cada subvención no podrá exceder de 40.000 euros. Asimismo, la suma de las cuantías de todas las subvenciones que se concedan a las instituciones asistenciales que operan en un mismo país no podrá exceder de 250.000 euros. Las cantidades destinadas estas subvenciones se mantienen constantes desde 2009, justo antes del estallido de la crisis financiera, cuando superaron el millón de euros. Por lo general, las mayores beneficiadas suelen ser las residencias de ancianos regentadas por personal religioso en América Latina. Las acciones en favor de los emigrantes tienen como objetivo garantizar un mínimo de protección a los ciudadanos españoles en el exterior en situaciones de necesidad. Estas acciones buscan asegurar sus derechos económicos, sanitarios y sociolaborales, apoyar su integración y, en su caso, el retorno a España. <strong>El Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (PERE) constaba de más de 2,5 millones de personas registradas en 2021, de las que alrededor de 21.300 fueron beneficiarias de algún tipo de ayudas por valor de casi 52 millones de euros.</strong> De esta cantidad, 29,6 millones de euros se distribuyeron en concepto de prestaciones por razón de necesidad entre más de 11.000 personas, de las que el 74% residían en Venezuela y Argentina. Otros siete millones de euros se destinaron a pensiones asistenciales por ancianidad para españoles de origen retornados y 6,7 millones fueron para prestaciones de asistencia sanitaria. El pasado mes de septiembre, el pleno del Tribunal de Cuentas aprobó el informe sobre la gestión de pensiones, prestaciones y ayudas a emigrantes españoles residentes en el exterior, en el que se aprecia una serie de deficiencias debidas, sobre todo, a que la Dirección General de Migraciones no dispone de sistemas informáticos adecuados para la gestión de estos pagos. <h5><strong>Pena de muerte</strong></h5> Por otra parte, el BOE ha publicado el extracto de la Orden de 19 de abril de 2024 por la que se convoca la concesión de<strong> subvenciones para la asistencia jurídica a ciudadanos españoles que afronten condenas de pena de muerte para el ejercicio 2024. El importe total máximo será de 30.000 euros. </strong> Podrán ser beneficiarias de estas ayudas la propia persona física de nacionalidad española que se enfrente a la pena de muerte y otras personas físicas, españolas o extranjeras, o entidades sin ánimo de lucro, domiciliadas en España o en el extranjero. El objeto de las subvenciones es la concesión de ayudas económicas destinadas a coadyuvar a la defensa jurídica de ciudadanos españoles sometidos a juicio en el extranjero acusados de delitos que en el ordenamiento aplicable se puedan castigar con pena de muerte. También podrán ser utilizadas estas subvenciones en los procesos de revisión o repetición de juicios, de recursos de sentencias condenatorias o de solicitud de indulto o conmutación de pena a favor de aquellos que ya hayan sido condenados a la pena de muerte.