<h6><strong>Eduardo González</strong></h6> <h4><strong>Más de 2,4 millones de españoles residentes en el extranjero podrán participar en las elecciones europeas del próximo 9 de junio, según los datos del Censo de Electores Residentes Ausentes (CERA) recogidos por el Instituto Nacional de Estadística (INE).</strong></h4> Concretamente, <strong>un total de 38.087.170 españoles podrán votar en las elecciones europeas</strong>, según figura en el Real Decreto por el que se convocan los comicios, firmado el pasado 9 de abril por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y publicado siete días más tarde por el Boletín Oficial del Estado (BOE). De acuerdo con el CERA, <strong>en las elecciones al Parlamento Europeo podrán participar un total de 2.422.515 españoles residentes en el exterior</strong>. A la cabeza se encuentra el continente americano, con un total de 1.498.609 votantes, seguido de Europa, con 848.760. A mucha distancia figuran Asia (36.850 electores españoles), Oceanía (23.546) y África (14.750). Por países, <strong>la lista está encabezada por Argentina, con 440.860 inscritos en el CERA, seguida de Francia, con 245.544. </strong>A continuación, figuran Estados Unidos, con 175.769; Cuba, con 159.952; México, con 149.345; Alemania, con 146.725; Reino Unido con 140.027; Brasil, con 124.003; Venezuela, con 119.677; y Suiza, con 110.992 electores españoles. <strong>Se trata de los primeros comicios europeos sin el llamado “voto rogado”</strong>, un requisito que obligaba a los españoles residentes en el extranjero a solicitar o rogar previamente el voto para participar en las elecciones generales, autonómicas o al Parlamento Europeo, cumpliendo para ello una serie de plazos muy breves tanto para la solicitud de la documentación electoral como para la remisión del voto por correo postal o su depósito en urna. Tales circunstancias, unidas al tiempo que se requiere para reunir e imprimir la documentación y la dependencia de los servicios de correos extranjeros, dificultaba el cumplimiento de los plazos previstos en la normativa electoral y, con ello, el ejercicio de este derecho fundamental a un número muy elevado de personas, en muy buena medida porque no recibían la documentación electoral a tiempo o porque se registraban incidentes en el envío posterior de sus votos por correo postal a las Oficinas Consulares. Como consecuencia de ello, la aplicación del “voto rogado” desde enero de 2011 se había traducido en un brusco descenso en la participación de los inscritos en el CERA. El sistema fue derogado oficialmente en octubre de 2022 tras la entrada en vigor de la ley de reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG). <strong>Los españoles residentes en el exterior podrán depositar sus votos en urna entre los días 1 y 6 de junio en los centros de votación establecidos por el Ministerio de Asuntos Exteriores. </strong>