<h6><strong>Eduardo González</strong></h6> <h4><strong>El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) autorizó ayer la extradición a Estados Unidos del antiguo jefe de la Inteligencia venezolano Hugo <em>El Pollo</em> Carvajal, actualmente encarcelado en España, después de rechazar una demanda presentada por la defensa por el supuesto riesgo de que se violen sus derechos en caso de entrega a las autoridades norteamericanas.</strong></h4> En un auto publicado ayer, el TEDH, con sede en Estrasburgo, considera que <strong>Carvajal, a quien se reclama “por delitos de contrabando de drogas”, no ha podido demostrar que, “en caso de ser extraditado, correría un riesgo real de ser condenado a cadena perpetua sin libertad condicional en violación del Artículo 3” y, por tanto, declara “la solicitud manifiestamente infundada”. </strong> La defensa de Carvajal había apelado al Artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos -que establece que “nadie podrá ser sometido a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes”- para intentar evitar su extradición a EEUU, por considerar que había <strong>“un riesgo real de que pueda ser condenado a cadena perpetua, sin acceso a ningún mecanismo eficaz mediante el cual pueda solicitar una reducción de pena o una revisión, con miras a determinar si la continuidad de su estancia en prisión está justificada por motivos penológicos”.</strong> A juicio del TEDH, para que Carvajal Barrios pudiera hacer valer sus argumentos, “debía demostrar que existía un riesgo real de que se le impusiera en Estados Unidos una pena de cadena perpetua sin libertad condicional”. En ese sentido, <strong>el Tribunal europeo está “convencido de que sería juzgado en un sistema jurídico respetuoso con el Estado de derecho y los principios de un juicio justo, en el que tendría plena oportunidad de organizar una defensa con la ayuda de representación legal”. </strong> Aparte, existen “muchas circunstancias por las que Carvajal Barrios no recibiría la pena más severa posible, incluida la absolución, la declaración de culpabilidad o un acuerdo de culpabilidad”, prosigue. Además, añade, “la sentencia no sería automática y se basaría en una amplia gama de elementos, incluidos los factores atenuantes”. “Carvajal Barrios no ha facilitado ninguna información que indique que no se tendrán en cuenta los factores atenuantes en su caso”, continúa. Asimismo, el acusado “también tendría derecho a apelar”. En definitiva, considera el TEDH, “este tipo de sentencias son muy poco habituales en casos federales en Estados Unidos”. Aparte, el Tribunal considera que, en el caso de una extradición, “para cumplir con el Artículo 3, España no está obligada a examinar la disponibilidad de garantías procesales en Estados Unidos porque examinar la legislación y la práctica pertinentes de ese Estado sería excesivamente difícil para las autoridades nacionales que deciden sobre las solicitudes de extradición”. Por todo ello, <strong>“Carvajal Barrios no ha demostrado que correría un riesgo real de recibir un trato contrario al Artículo 3 en caso de ser extraditado” y, por lo tanto, “el Tribunal considera que la solicitud era manifiestamente infundada y la declara inadmisible”.</strong> <h5><strong>El caso</strong></h5> <strong>Hugo Armando Carvajal Barrios es un ciudadano venezolano nacido en 1960 que se encuentra detenido en Estremera (Madrid) y que perteneció a la agencia de inteligencia venezolana e incluso llegó al cargo de jefe de contraespionaje bajo el mandato del presidente venezolano Hugo Chávez</strong>. En julio de 2014, mientras trabajaba como cónsul de Venezuela en Aruba (Países Bajos), fue detenido en esa isla en virtud de una orden de detención del Departamento de Estado de Estados Unidos. Como consecuencia de su inmunidad diplomática, fue finalmente expulsado de Aruba, en lugar de ser extraditado a Estados Unidos. En 2019, mientras ejercía como miembro de la Asamblea Nacional de Venezuela, fue expulsado de las Fuerzas Armadas y acusado de traición por su apoyo al líder opositor Juan Guaidó como presidente. Huyó del país a Trinidad y Tobago y, más tarde, se trasladó a la República Dominicana. <strong>En marzo de 2019, Carvajal Barrios viajó a España con una identidad falsa, pero fue detenido en abril de ese año en cumplimiento de una orden de búsqueda de Interpol.</strong> Las autoridades estadounidenses solicitaron su extradición bajo la acusación, entre otros delitos, de conspiración narcoterrorista, conspiración para importar cocaína a Estados Unidos y tenencia de ametralladoras y artefactos destructivos para la comisión de un delito de narcotráfico. <strong>En septiembre de 2019, la Audiencia Nacional española decidió inicialmente rechazar la petición de EEUU,</strong> pero también desestimó una solicitud de asilo presentada por Carvajal Barrios con el argumento de que era víctima de una persecución política norteamericana por sus vínculos con el círculo de confianza de Maduro. Después de ser puesto en libertad condicional por las autoridades españolas, Carvajal se dio a la fuga en noviembre de 2019. <strong>En marzo de 2020, pese a encontrarse en paradero desconocido, el Consejo de Ministros aprobó su entrega a Estados Unidos para que fuese juzgado por los presuntos delitos de tráfico de drogas y tráfico de armas. <em>El Pollo</em> Carvajal fue de nuevo detenido en España en septiembre de 2021, en el curso de una operación conjunta de la Policía Nacional y la DEA estadounidense en un piso de Madrid.</strong> Después de que la Audiencia Nacional pidiese garantías a las autoridades estadounidenses de que, en caso de entrega, habría “la posibilidad de revisión de una sentencia de cadena perpetua” o “medidas de clemencia” disponibles, la <strong>Embajada de Estados Unidos en España envió una nota verbal en noviembre de 2021 en la que afirmaba que, en caso de que el solicitante fuera condenado, “no estaría sujeto a una sentencia inalterable de cadena perpetua</strong> porque, si se le impusiera una sentencia de cadena perpetua, el marco de los Estados Unidos en vigor permite que pueda solicitar la revisión de su sentencia en apelación y también solicitar un alivio de su sentencia en forma de petición de indulto o conmutación por una sentencia menor”. Por tanto, proseguía la Embajada, “si se concediera el indulto o la conmutación de conformidad con los procedimientos aplicables en Estados Unidos, ello daría lugar a una reducción de la condena”. En octubre de 2021, tras un recurso de amparo fallido, la Audiencia Nacional emitió una notificación para que Carvajal Barrios fuera entregado a las autoridades estadounidenses. No obstante, la extradición a EEUU fue paralizada en diciembre de 2021 después de que Carvajal Barrios volviese a solicitar, de nuevo sin éxito, asilo y protección subsidiaria en España. En marzo de 2022, la Audiencia Nacional paralizó de nuevo la extradición en cumplimiento de una medida cautelar solicitada por el TEDH al Gobierno español para que no fuese extraditado hasta que concluyera el procedimiento ante Estrasburgo, pero con la decisión de ayer queda abierta la entrega del ciudadano venezolano a las autoridades norteamericanas.