<h6><strong>The Diplomat</strong></h6> <h4><strong>El Gobierno destinará 499.000 euros para subvencionar a las instituciones asistenciales que prestan ayuda a españoles en situación de necesidad en el extranjero, en su mayoría residencias de ancianos regentadas por personal religioso en América Latina.</strong></h4> <strong> </strong> De acuerdo con el extracto de la convocatoria para las subvenciones correspondientes al ejercicio de 2023, firmada el pasado 28 de abril por el director general de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares, Xavier Martí Martí (en representación del ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares), y publicado el 4 de abril por el Boletín Oficial del Estado (BOE), <strong>el objeto de las subvenciones es la concesión de ayudas económicas a instituciones asistenciales domiciliadas en el exterior que, a iniciativa propia, prestan ayuda gratuita o semigratuita a ciudadanos españoles en el extranjero, en estado de necesidad y carentes de recursos propios, con el fin de estimular, compensar y complementar la actuación asistencial de dichas instituciones.</strong> Las ayudas económicas que se concedan a esas entidades se destinarán a gastos para la asistencia social, sanitaria o análoga a dichos españoles y, excepcionalmente, a gastos de mantenimiento ordinario de las instalaciones que los acogen, y de reparación o reposición de elementos imprescindibles para su asistencia realizados durante el año en el que se concedan las subvenciones. <strong>No podrán beneficiarse de estas subvenciones</strong> las entidades que hayan sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos. Tampoco podrán optar las que hayan sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, las que hayan sido condenadas (por algún motivo) a no suscribir contratos de la Administración, las que no estén al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, las que tengan la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal o las que muestren indicios racionales de ilicitud penal, entre otras posibles causas. <strong>El importe total máximo será de 499.000 euros y la cuantía individualizada de cada subvención no podrá exceder de 40.000 euros</strong>. Asimismo, la suma de las cuantías de todas las subvenciones que se concedan a las instituciones asistenciales que operan en un mismo país no podrá exceder de 250.000 euros. <strong>Las cantidades destinadas estas subvenciones se mantienen constantes desde 2009, justo antes del estallido de la crisis financiera, cuando superaron el millón de euros</strong>. Por lo general, las mayores beneficiadas suelen ser las residencias de ancianos regentadas por personal religioso en América Latina.