<h6><strong>The Diplomat</strong></h6> <strong>La Audiencia Nacional ha declarado "conforme a derecho" la decisión del Ministerio de Justicia de denegar la nacionalidad española a un empleado del Consulado de Marruecos en Sevilla y residente en dicha ciudad, a tenor de un informe del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) que constata su "estrecha colaboración con la Jefatura de los servicios de Inteligencia de Marruecos destacados en España".</strong> En concreto, en una sentencia emitida el pasado 14 de septiembre y recogida por<em> Europa Press,</em> la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional aborda un recurso de un varón de origen marroquí, contra una resolución dictada en 2019 por el Ministerio de Justicia, denegándole la nacionalidad española por "motivos de orden público o interés nacional". Según el Ministerio de Justicia, este varón <strong>"no ha justificado la buena conducta cívica</strong> que el artículo 22.4 del Código Civil exige, ya que según se desprende del informe preceptivo que obra el expediente, el interesado no acredita dicho requisito debido a motivos de orden público o interés nacional", pesando "<strong>constancia de su estrecha colaboración, desde su llegada en 2016 al consulado de Marruecos en Madrid como agente local, con el actual jefe de los Servicios de Inteligencia marroquíes en España".</strong> La Audiencia Nacional indica que "el contenido del informe del CNI es suficientemente expresivo. A través de este, el CNI hace alusión a las actividades del demandante como agente local de los Servicios de Inteligencia de Marruecos". "El informe del CNI, junto al resto del expediente y los motivos ofrecidos por la Administración (...) expresan con claridad cuál es la actividad del interesado que permite cuestionar la pertinencia de acceder a la petición de nacionalidad, por razones de orden público y seguridad nacional. afirma la Audiencia Nacional.