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Entra en vigor la ley que suprime el voto rogado por primera vez desde 2011

The Diplomat

 

Hoy entra oficialmente en vigor la ley de reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) para facilitar el voto de los españoles residentes en el extranjero, lo que pone fin a un sistema, el del voto rogado, cuya aplicación desde enero de 2011 se había traducido en un brusco descenso en la participación de los inscritos en el Censo de Residentes Ausentes (CERA).

 

Tal como publicó ayer el Boletín Oficial del Estado (BOE), el sistema del voto rogado obligaba a los españoles residentes en el extranjero a solicitar o rogar previamente el voto para participar en las elecciones generales, autonómicas o al Parlamento Europeo, cumpliendo para ello una serie de plazos muy breves tanto para la solicitud de la documentación electoral como para la remisión del voto por correo postal o su depósito en urna.

 

Tales circunstancias, unidas al tiempo que se requiere para reunir e imprimir la documentación a enviar, y la dependencia de los servicios de correos extranjeros, dificultaba el cumplimiento de los plazos previstos en la normativa electoral, y con ello el ejercicio de este derecho fundamental a un número muy elevado de personas, en muy buena medida porque no recibían la documentación electoral a tiempo o porque se registraban incidentes en el envío posterior de sus votos por correo postal a las Oficinas Consulares.

 

Por ese motivo, en las elecciones generales de 2011, 2015, 2016 y abril de 2019, menos del 10 por ciento de los electores solicitaron o rogaron el voto como consecuencia de la complejidad del procedimiento (con la excepción de las elecciones de noviembre de 2019, en las que los electores que habían solicitado la documentación en los comicios de abril –8,69 %– no necesitaron reiterar su solicitud, lo que, unido a las nuevas solicitudes, permitió alcanzar un porcentaje del 10,61 por ciento). Aparte, los niveles de participación fueron todavía más bajos, ya que se situaron entre el 4,73 y el 6,8 por ciento en las elecciones generales de 2011, 2015, 2016 y 2019, unos porcentajes que contrastan claramente con los datos medios de participación anteriores a la aprobación de la reforma de 2011, que oscilaron entre el 22,99% en 2000 y el 31,88% en 2008.

 

En este contexto, la reforma de la Ley Orgánica pretende “responder a las demandas de la colectividad española en el exterior y suprimir el requisito de que los españoles residentes en el extranjero tengan que solicitar o rogar el voto, lo que permitirá que todos reciban la documentación de oficio en su domicilio”, añadió el Gobierno, a través del BOE. Así mismo, el uso opcional de una papeleta que podrá descargarse telemáticamente permitirá adelantar los plazos de envío de la documentación electoral. “Todo ello facilitará que los electores reciban la documentación en plazo, a diferencia de lo que ha venido sucediendo hasta ahora en muchos casos, al ser posible el envío de la documentación antes de la proclamación de las candidaturas y la resolución de las impugnaciones”, añadió.

 

Esta reforma se completa además con una ampliación de tres a siete días de los plazos para el depósito del voto en urna y mantiene la posibilidad de enviar el voto por correo postal a la Oficina Consular correspondiente en caso de que el elector no pueda acudir a votar en la dependencia habilitada al efecto. Además, se amplía el plazo para la apertura de los votos emitidos desde el extranjero de tres a cinco días, retrasando en el mismo intervalo el plazo del escrutinio general. Por último, se refuerza como medida de garantía el sistema de identificación de los votantes en caso de voto por correo.

 

“Ya publicada en el BOE la ley que suprime el voto rogado”, declaró el ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, a través de su cuenta de Twitter. “A partir de ahora, los españoles residentes en el exterior recibirán la documentación electoral sin tener que solicitarla y tendrán tiempo suficiente para ejercer su derecho al voto”, añadió.

 

Con esta medida, declaró el ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, a través de la misma red social, “se facilita el ejercicio del derecho a voto a los españoles que residís en el exterior”. La Estrategia de Acción Exterior 2021-2024, aprobada a finales de enero de 2021, se comprometía a promover “la reforma necesaria de la ley electoral para simplificar los requisitos de participación en todos los procesos electorales de los españoles que se encuentren en el exterior”.

 

La modificación de la LOREG fue aprobada por el Congreso y el Senado los pasados 9 de junio y 21 septiembre a partir de una proposición de ley presentada, en febrero de 2021, por el Grupo Socialista y el Grupo Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común. El voto rogado fue introducido en 2011 por el Gobierno del socialista José Luis Rodríguez Zapatero con el apoyo de PSOE, PP, CiU y PNV.

 

 

Eduardo González

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