La Comisión Europea ha permitido durante al menos 20 años que las Administraciones Públicas españolas abusen de la temporalidad de los contratos de los empleados públicos temporales.
En España los empleados que trabajan para la Administración Pública en condición de temporales, vienen ocupando plazas durante más tiempo del que se establecía, superando algunos empleados hasta 15 y 20 años en esas plazas temporales. Ello supone un abuso de temporalidad, el cual nunca ha sido objeto de revisión por parte del Reino de España, ni ha sido objeto de control por la Comisión Europea, siendo este último guardián de los tratados.
Y es que el problema proviene directamente del incumplimiento de la Directiva 1999/70/CE, la cual no se transpuso correctamente en España debido a que, no se determinaron medidas para evitar el abuso de temporalidad de estos trabajadores aun cuando la Directiva establecía la obligación de hacerlo efectivo en cada Estado miembro.
Por este motivo, en el año 2013, se presentó una queja ante la Comisión Europea registrándose bajo el número CHAP (2013)01917, a través del cual se reclamaba el abuso de temporalidad en España sufrido por los empleados públicos temporales.
Sin embargo, dicha queja presentada ante la Comisión Europea a día de hoy todavía no ha sido resuelta. Lo que conlleva que, durante más de 20 años, una institución europea encargada de velar por el cumplimiento de la normativa comunitaria por los Estados miembros, haya permitido que las Administraciones Públicas abusen de la temporalidad de los contratos de los empleados públicos.
Por otro lado, es de destacar el vago intento llevado a cabo por el Reino de España el pasado 2021en relación al intento de paliar el abuso de temporalidad de estos empleados. Se trata de la publicación de un Real Decreto ley, el cual actualmente se ha transformado en ley, y el cual está provocando que los empleados públicos temporales que llevan más años de los determinados prestando servicios para la Administración, sean cesados de dichas plazas si no acceden a la misma a través de un concurso-oposición. Lo que en definitiva supone que estas personas han venido sufriendo durante años un abuso de temporalidad, y para más inri ahora se ven obligados a presentarse a una oposición. Por el contrario, el empleado en abuso será cesado injustamente.
Acciones realizadas en defensa de los empleados públicos
En vista de la inoperancia e inactividad manifestada por la Comisión Europea, el despacho en defensa de miles de perjudicados Navas & Cusí ha interpuesto un recurso por omisión contra dicha institución ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con el objeto de instar a la Comisión para que cumpla con sus funciones, se sancione al Reino de España, y se reconozca la fijeza a los afectados por el abuso de temporalidad en virtud de la jurisprudencia europea dictada.
Y es precisamente esencial dirigirse al TJUE en este caso debido a que, este mismo Tribunal ha emitido en varias ocasiones sentencias por las que se ha reconocido la fijeza o permanencia de empleados públicos temporales en abuso en otros Estados miembros.
Es de destacar también que, previamente a la llegada al TJUE, se interpuso una queja ante la Comisión Europea con el objeto de adherirse a la ya interpuesta y no resuelta registrada bajo el número CHAP (2013)01917 que se ha mencionado anteriormente. En aras de presionar a dicha institución para obligarla a emitir un dictamen motivado, se interpuso una petición ante la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo.
A pesar de las acciones llevadas a cabo y en vista de que el problema seguía patente en España, se envió una carta de mora a la Comisión Europea alegando el retraso en relación al pronunciamiento acerca de las quejas presentadas respecto a este asunto. A lo que, en enero de 2022, tras haber transcurrido los plazos procesales correspondientes sin que la Comisión resolviera, se interpuso recurso por omisión contra la misma, el cual se encuentra actualmente pendiente de resolución.
Sobre Navas & Cusí
En Navas & Cusí cuentan con una gran experiencia en instar procedimientos ante los distintos órganos de la Unión Europea. Entre las acciones interpuestas, destacan varias quejas interpuestas a la Comisión Europea por incumplimiento de la normativa europea por parte del Reino de España. La primera de ellas es la queja registrada bajo el número 2200/2015, relativa al incumplimiento de la Directiva 93/13/CEE o la queja interpuesta en el año 2013 por el incumplimiento de la Directiva 2004/39/CE (MifiD), por parte de España, entre muchas otras.
También se ha adquirido experiencia en la interposición de peticiones ante la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo en relación a la toma de posición sobre la aplicación del derecho comunitario respecto a cuestiones que afectan a grupos de afectados. En concreto, han llevado la defensa de afectados en la sanidad privada, fisioterapeutas, o planes pesqueros de potencia motriz, entre muchas otras.
Asimismo, han acudido a los Tribunales europeos interponiendo recursos por responsabilidad extracontractual contra la Comisión Europea, con el objeto de reparar aquellos daños causados por las instituciones europeas y sus agentes en el desarrollo de sus funciones, así como otras cuestiones de relevancia y de competencia exclusiva del TJUE.
Por otro lado, cuentan con un despacho físico en la capital de Europa, Bruselas, desde el que se prestan todos los servicios de asesoramiento y dirección letrada, y que suponen un puente entre la Unión Europea y los ciudadanos españoles, facilitando cualquier actuación necesaria ante dichas instituciones debido a la logística.
Desde Navas & Cusí Abogados, como abogados especialistas en Derecho de la Unión Europea, ponen a disposición de sus clientes los diversos recursos para asesorarles en materia de abuso de temporalidad en las relaciones laborales con la Administración Pública, pudiendo ponerse en contacto con este Bufete a través de la página web o llamando al 915 76 11 50 o al 93 487 97 11.