The Diplomat
El próximo 1 de enero entrará en vigor el acuerdo que regirá la actividad pesquera de las flotas española y portuguesa en las aguas limítrofes de ambos países.
El acuerdo fue firmado el pasado 28 en Luxemburgo de junio por el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación de España, Luis Planas, y el ministro del Mar de Portugal, Ricardo Serrao Santos. El Parlamento español concluyó el procedimiento de ratificación el pasado 17 de diciembre, por lo que el acuerdo podrá entrar en vigor en la fecha prevista.
El texto, que fue publicado por el Boletín Oficial del Estado (BOE) y da continuidad al suscrito en 1986, rige las condiciones para el ejercicio de la actividad pesquera que desarrollan las flotas española y portuguesa en las aguas limítrofes, tanto en las desembocaduras de los ríos Miño y Guadiana como en las aguas de soberanía o jurisdicción portuguesa y española del océano Atlántico, y permite mejorar la gestión de los recursos y dar una mayor estabilidad a las flotas de ambos países.
En función de este acuerdo, que tiene una vigencia de cinco años prorrogables a dos más, los buques de arrastre de cada país deberán respetar los horarios establecidos de actividad en las aguas del otro país (una reivindicación de la flota española, que por normativa nacional está obligada a parar durante el fin de semana). Asimismo, el texto incluye la autorización para desembarcar en puertos españoles y portugueses, con independencia de donde vaya a realizarse posteriormente la primera venta, prohíbe el tren de bolos (un aparejo empleado en la pesca de arrastre que causa importantes daños ecológicos) en aguas españolas y armoniza medidas de gestión, como la veda biológica para el arrastre en el golfo de Cádiz.
Estas medidas dan respuesta a las demanda del sector español, especialmente a la flota de arrastre del Cantábrico Noroeste y las flotas de cerco y arrastre del Golfo de Cádiz, que han venido solicitando un acuerdo estable, duradero y en igualdad de condiciones con la flota del país vecino.