The Diplomat
El Gobierno renovó esta semana las medidas excepcionales para frenar la propagación y el contagio por la variante B.1.1.529 (ómicron) del COVID-19 aprobadas el pasado 30 de noviembre.
La única novedad de esta decisión del Consejo de Ministros ha sido la ampliación del número de países para los que se limitan los vuelos con España, que ha pasado de siete (Sudáfrica, Botsuana, Eswatini, Lesotho, Mozambique, Namibia y Zimbabue) a nueve tras la inclusión de Malawi y Zambia.
La medida entrará en vigor a las 00:00 de mañana 16 de diciembre y se mantendrá hasta las 24:00 horas del 29 de diciembre de 2021 (en ambos casos, según la hora peninsular). “Este período podrá prolongarse si es necesario en función de la evolución de la situación y de la pandemia y de las decisiones que puedan adoptarse de forma coordinada en la Unión Europea”, según informó el Gobierno.
Desde estos nueve países sólo podrán realizarse vuelos a España que estén ocupados por ciudadanos españoles o andorranos, así como residentes en ambos países o pasajeros en tránsito internacional a un país no Schengen con escala inferior a 24 horas sin abandonar la zona de tránsito del aeropuerto español.
Quedan exceptuados de esta limitación los vuelos de aeronaves de Estado, servicios de búsqueda y salvamento, vuelos con escala en territorio español con fines no comerciales y que tengan por destino otro país, vuelos exclusivos de carga, posicionales y humanitarios, médicos o de emergencia. Tampoco se aplicará esta restricción al personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.