<h6><strong>The Diplomat</strong></h6> <h4><strong>El Consejo de Ministros aprobó este pasado martes un Real Decreto-Ley para la transposición de varias directivas de la Unión Europea, una medida que debería evitar la imposición de fuertes multas a España por su retraso en la adaptación de estas normas europeas.</strong></h4> Concretamente, el Consejo de Ministros ha transpuesto <strong>la Directiva de Bonos Garantizados, la Directiva de Distribución Transfronteriza de Fondos, las Directivas sobre Derechos de autor y Derechos digitales en el Mercado Digital Único y las Directivas para la mejora y modernización de las normas de Protección de los Consumidores de la Unión Europea y sobre el régimen sancionador en materia de consumo.</strong> Según indicó ayer el Gobierno a través del Boletín Oficial del Estado (BOE), la transposición en plazo de directivas de la Unión Europea es “un objetivo fundamental del Consejo Europeo”, razón por la cual “la Comisión Europea somete informes periódicos al Consejo de Competitividad, a los que se les da un alto valor político por su función de medición de la eficacia y credibilidad de los Estados miembros en la puesta en práctica del mercado interior”. Por ello, el Tratado de Funcionamiento de la UE de 2007 (Tratado de Lisboa) establece que, para los incumplimientos de transposición en plazo<strong>, la Comisión puede pedir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) la imposición de importantes sanciones económicas de manera acelerada.</strong> <strong>“España viene cumpliendo consistentemente con los objetivos de transposición en los plazos comprometidos desde que resultan fijados los mismos”</strong>, asegura el Ejecutivo de Pedro Sánchez. <strong>“No obstante, en los últimos años, hechos como la repetición de elecciones generales en 2019, con la consiguiente disolución de las Cortes Generales, la existencia de un Gobierno en funciones durante un tiempo prolongado, así como el estadillo de la pandemia del COVID-19 en el año 2020, explican la acumulación de retrasos en la transposición de algunas directivas, que requieren de una norma con rango de ley para su incorporación al ordenamiento jurídico interno”</strong>, prosigue. “Tal es el caso de las Directivas cuya transposición constituye el objeto del presente Real Decreto-Ley, dado que todas ellas se encuentran en riesgo de multa” de acuerdo con el artículo 260.3 del Tratado de Lisboa, que establece que <strong>“deben considerarse en riesgo de multa aquellas directivas para las que queda menos de tres meses para que se cumpla su plazo límite de transposición y que necesitan, al menos, una norma con rango de ley para su transposición sin que dicha ley haya empezado su tramitación parlamentaria; así como todas aquellas directivas que tienen ya un procedimiento de infracción abierto por la Comisión Europea por haberse cumplido su plazo límite de transposición”</strong>, continúa. “Como ejemplo reciente de las consecuencias económicas que pueden derivarse de estos retrasos”, el Gobierno recuerda la Sentencia del TJUE de 25 de febrero de 2021, por la que <strong>España ha sido condenada a pagar 15 millones de euros en concepto de suma a tanto alzado (resultado de la multiplicación de un importe diario por el número de días de incumplimiento) más 8.099.000 euros como multa coercitiva por el retraso en la transposición de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, sobre protección de datos de las personas físicas</strong> por parte de las autoridades competentes en materia de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales. “Ante la gravedad de las consecuencias de seguir dilatando la incorporación al ordenamiento jurídico español de tales directivas, resulta necesario acudir a la aprobación de un Real Decreto-Ley para proceder a dicha transposición, lo que permitirá cerrar los procedimientos de infracción abiertos por la Comisión Europea”, añade el Gobierno. En 2016, la Comisión decidió un cambio de enfoque para “solicitar de manera sistemática la suma a tanto alzado”. En función de ello, el hecho de que un Estado miembro subsane la infracción mediante la transposición de la directiva en el curso de un procedimiento de infracción no le exime del pago de la citada suma. No obstante, la Comisión incluyó una disposición transitoria por la cual no se aplicará esta nueva práctica a los procedimientos cuya carta de emplazamiento sea anterior a la publicación de dicha comunicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, que tuvo lugar el 19 de enero de 2017. <strong>“En consecuencia, resulta de extraordinaria y urgente necesidad proceder a la transposición antes de que se formalice la demanda ante el Tribunal de Justicia, para evitar así un procedimiento judicial que finalizaría mediante una sentencia que declare el incumplimiento por parte del Reino de España de las obligaciones que le impone el Derecho de la Unión”</strong>, advierte el Gobierno. El plazo para la transposición de La Directiva sobre Derechos de Autor, por ejemplo, venció el pasado 7 de junio. <h5><strong>Veinte directivas pendientes</strong></h5> <strong>Con fecha de 6 de octubre de 2021, España tenía veinte directivas comunitarias pendientes de transponer, las cuales acumulan, de media, un año y ocho meses de retraso</strong>. Entre las pendientes de transposición destacan las normativas sobre medio ambiente, lucha contra el fraude y energía renovable. En agosto de 2018, solo dos meses después de que Pedro Sánchez asumiera la Presidencia del Gobierno, el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto-Ley en el que reconocía el “retraso” en la transposición de directivas europeas, lo cual representaba “un riesgo de multa” para España. En 2018, el Gobierno de Sánchez intentó ponerse al día con la UE mediante la aprobación de 25 Reales Decretos Ley y, en lo que va de 2021, el Ejecutivo ha aprobado otros tres Reales Decretos-Ley para la transposición de normas comunitarias.