The Diplomat
El Consejo de Ministros dio ayer los pasos presupuestarios necesarios para la adquisición del inmueble que alberga actualmente la sede de la Embajada de España en Londres.
La sede de la Embajada se encuentra en un inmueble sujeto a un contrato de arrendamiento con la empresa británica Grosvenor Estate. El contrato se firmó en junio de 1928 por un periodo de 98 años y nueve meses, con finalización el 25 de marzo de 2027.
Con el objetivo de seguir manteniendo la Embajada en la misma ubicación, el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación ha considerado como alternativa más idónea adquirir la propiedad del inmueble.
Por ese motivo, el Consejo de Ministros autorizó ayer la modificación de los límites de gasto con cargo a ejercicios futuros, según lo establecido en la Ley General Presupuestaria, con la finalidad de posibilitar al Ministerio de Asuntos Exteriores la adquisición del inmueble destinado a sede de la Embajada de España en Londres.
El edifico se encuentra en el número 39 de Chesham Place, en el barrio de Belgravia (distrito de Ciudad de Westminster). El edificio, diseñado por Henry E. Kendall y construido entre 1840 y 1850, figura en una lista de inmuebles protegidos a causa de su valor arquitectónico.