The Diplomat
El Boletín Oficial el Estado (BOE) publicó ayer la nueva lista de países terceros eximidos de las restricciones temporales de entrada a causa del COVID-19, días después de que el Consejo de la UE decidiera suprimir a Estados Unidos de su propia lista.
El pasado 15 julio, el Consejo de la UE incluyó a Estados Unidos en la lista de países para los que se recomendaba suprimir las restricciones de viaje. Por entonces, la variante Delta del coronavirus no había empezado todavía a ser tan grave ni en Estados Unidos ni en la UE. A principios de agosto, la UE mantuvo a la potencia norteamericana en la lista, a pesar de que la incidencia acumulada (IA) ya superaba los 270 casos por cada 100.000 habitantes, a causa de los perjuicios económicos que podría causar su retirada.
Desde entonces, la IA ha aumentado en Estados Unidos hasta los 600 casos. Ese dato, así como la falta de reciprocidad por parte de Washington a la hora de levantar sus restricciones desde la UE, animaron finalmente al Consejo de la UE a modificar su lista el pasado 30 de agosto, para excluir a Kosovo (“sin perjuicio de las posiciones sobre su estatuto”), Líbano, Montenegro, Macedonia del Norte y Estados Unidos del listado de terceros países cuyos residentes no se ven afectados por la restricción temporal de viajes no imprescindibles a la UE a través de las fronteras exteriores.
En el caso de España, el BOE publicó el 18 de julio la Orden del Ministerio del Interior por la que se modificaban los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen “por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19”, a fin de incluir, en su anexo, a Estados Unidos en la lista de 23 países y territorios eximidos de la restricción, en consonancia con la decisión previa del Consejo de la UE.
Por ese mismo motivo, el BOE publicó ayer una nueva modificación de la lista tras la decisión del Consejo de suprimir a Estados Unidos. Con la entrada en vigor de la modificación, solo 18 Estados (Albania, Armenia, Australia, Azerbaiyán, Bosnia y Herzegovina, Brunei, Canadá, Japón, Jordania, Nueva Zelanda, Qatar, Moldavia, Arabia Saudí, Serbia, Singapur, Corea del Sur, Ucrania y China, además de las regiones administrativas especiales de Hong Kong y Macao) se librarán de las restricciones de viajes a la Unión Europea y, por tanto, a España. La orden surtirá efectos desde las 00:00 horas del 6 de septiembre.