El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Ceuta rechazó ayer suspender de forma cautelar la repatriación a Marruecos de siete menores extranjeros no acompañados debido a que las expulsiones ya se habían producido en el momento de recibir la petición de suspensión
La petición había sido formulada por la Asociación Coordinadora de Barrios para el Seguimiento de Menores y Jóvenes, con el respaldo del Ministerio Fiscal, ante la decisión del Ministerio del Interior de proceder a la devolución de los menores marroquíes que se encontraban en Ceuta desde que se produjo la avalancha de mayo a la ciudad autónoma.
La jueza titular del Juzgado refiere en los razonamientos jurídicos de su resolución, en la que no entra al fondo de si Interior está o no acatando todos los requisitos legales para devolver a los menores a Marruecos, que «en el presente caso, como resulta de lo actuado, los menores que se hallaban bajo la tutela de la Ciudad Autónoma de Ceuta, quien tiene competencia en materia de protección, han sido repatriados con fundamento en lo estipulado en el Acuerdo entre el Reino de España y el de Marruecos de 2007.
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