The Diplomat
El Gobierno ha aprobado la décima prórroga del acuerdo del pasado 2 de febrero por el que se limitan los vuelos entre Brasil y Sudáfrica y los aeropuertos españoles para evitar la propagación del COVID-19.
La situación epidemiológica y, sobre todo, el impacto de las variantes de especial preocupación vinculadas a Brasil y a la República de Sudáfrica continúa siendo “muy elevado”, por lo que se considera justificado mantener las restricciones de los vuelos procedentes de los dos países mediante una nueva prórroga de las previsiones contenidas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de febrero.
La nueva medida, aprobada este pasado martes por el Consejo de Ministros y publicada ayer por el Boletín Oficial del Estado (BOE), entrará en vigor desde las 00:00 del día 22 de junio (hora peninsular) hasta las 00:00 horas del 6 de julio de 2021 (hora peninsular). Por tanto, para cuando concluya este nueva prórroga, y al margen de su posible renovación, las medidas restrictivas con los dos países habrán superado los cinco meses desde su primera aplicación.
En virtud de estas medidas, desde Brasil y Sudáfrica solo podrán realizarse vuelos a España que estén ocupados por ciudadanos españoles o andorranos, así como residentes en ambos países o pasajeros en tránsito internacional a un país no Schengen con escala inferior a 24 horas sin abandonar la zona de tránsito del aeropuerto español. Estas restricciones no afectan al personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo. Además, se contemplan otras exenciones relativas a vuelos de aeronaves de Estado, servicios de búsqueda y salvamento (SAR), vuelos con escala en territorio español con fines no comerciales y que tengan por destino final otro país, vuelos exclusivos de carga, posicionales (ferry) y humanitarios, médicos o de emergencia.
El Gobierno considera también que, si bien es cierto que el riesgo de importación de casos desde ambos países se puede reducir gracias a las medidas de control sanitario aplicables a la llegada a España, ello no obsta para continuar extremando las precauciones ante el potencial de propagación de las variantes brasileña y sudafricana del virus.
En todo caso, en función de la evolución de la pandemia y de las decisiones que puedan adoptarse de forma coordinada en la Unión Europea, el Ministerio de Sanidad podrá levantar, por razones justificadas, dichas limitaciones. Esta medida se comunicará, a través del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a la Comisión Europea y al resto de Estados miembros de la UE y, a través del Ministerio de Sanidad, a la Organización Mundial de la Salud (OMS) en aplicación del Reglamento Sanitario Internacional.