<h6><strong>Eduardo González</strong></h6> <h4><strong>España permitirá a partir de hoy la entrada a los ciudadanos de países extracomunitarios que presenten un certificado con la pauta completa de vacunación, independientemente de que figuren o no en la lista europea de países terceros a los que se han levantado las restricciones de entrada. Esta política española de puertas abiertas beneficiará no solo a Estados Unidos, sino también a Reino Unido, que se ha vuelto a quedar fuera de la lista europea.</strong></h4> El pasado 24 de mayo entró en vigor la Orden del Ministerio del Interior por la que se modificaban los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la UE y a la zona Schengen a causa del COVID-19. Aquella Orden, publicada en el BOE el 21 de mayo y que se atenía a la decisión del Consejo de la UE (del 20 de mayo) de actualizar la Recomendación sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la Unión Europea, permitía <strong>incorporar dos nuevos países, Reino Unido y Japón, a la lista española de países terceros que entonces pasaban “el corte”</strong> (en la también figuran Australia, Nueva Zelanda, Ruanda, Singapur, Corea del Sur, Israel, Tailandia y China –en este caso, sujeta a reciprocidad). Esta lista coincide casi completamente con la de la UE, aunque con un importante matiz: <strong><a href="https://www.consilium.europa.eu/es/press/press-releases/2021/06/03/travel-restrictions-council-adds-japan-to-the-list-of-countries-for-which-member-states-should-gradually-lift-restrictions-on-non-essential-travel/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Reino Unido no figura en la nueva relación de países terceros a los que Bruselas levanta las restricciones para viajes no esenciales</a>, que fue publicada este pasado jueves y en la que la única novedad es la incorporación de Japón.</strong> En cambio, la Orden del Ministerio del interior, según figuraba claramente en el BOE, había sido activada, precisamente, para permitir “la inclusión del Reino Unido y de Japón entre los países exentos de restricciones”. El portavoz de la Comisión, Eric Mamer, declaró este pasado viernes, en respuesta a una pregunta concreta sobre la decisión de España de abrir las puertas al Reino Unido, que los Estados miembros deben actuar con “coherencia” a partir de “las recomendaciones acordadas por ellos mismos en el Consejo”. En cualquier caso, el Gobierno español ha optado por recurrir a otro procedimiento para aplicar su política de puertas abiertas al margen de la lista europea. Concretamente, la recomendación europea del 20 de mayo <strong>levantaba las restricciones de viajes no esenciales a los ciudadanos de terceros países que hubieran recibido las dosis completas en los países extracomunitarios en los que se aplican las vacunas aprobadas por la Agencia Europea del Medicamento, EMA (BioNTech/Pfizer, Moderna, AstraZeneca y Janssen) o las vacunas de emergencia autorizadas por la Organización Mundial de la Salud, OMS (casi exactamente las mismas vacunas de la EMA más las chinas Sinopharm y Sinovac).</strong> Con este criterio, la UE autorizaba la entrada de ciudadanos individuales que presentasen un certificado de vacunación aunque sus países extracomunitarios no estuvieran incluidos en la lista. A partir de este criterio tan laxo de individualización de los casos (en el que sólo se exceptúa a los países que presenten un especial riesgo epidemiológico o que tengan variantes peligrosas del virus, concretamente Brasil, India y Sudáfrica), el <a href="https://thediplomatinspain.com/2021/05/sanchez-permitira-la-entrada-a-los-estadounidenses-vacunados-a-partir-del-7-de-junio/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>presidente del Gobierno, Pedro Sánchez</strong></a>, anunció el 21 de mayo, durante su intervención en un acto en la Feria Internacional de Turismo (FITUR) de Madrid, que <strong>a partir del 7 de junio podrían entrar en España los ciudadanos de todos los países con los que no haya plena libertad de movimiento siempre que cuenten con un certificado de haber recibido la pauta completa de alguna vacuna autorizada por la EMA o por la OMS. </strong> Para ello, los viajeros de terceros países que deseen entrar en España por motivos no esenciales deberán rellenar una declaración de responsabilidad con datos sobre su vacunación, que deberán adjuntar a la acreditación Spain Travel Health (TSH). La confirmación de la veracidad de esta declaración y del TSH corresponderá en primera instancia a las compañías aéreas antes del viaje y, posteriormente, a las autoridades sanitarias españolas mediantes controles aleatorios a los viajeros que entren en el país. El certificado de vacunación incluido en el TSH servirá por sí mismo para eximir de otros requerimientos, como el PCR o las posibles cuarentenas. <h5><strong>La “lista ámbar” del Reino Unido</strong></h5> Entretanto, la nueva fase de puertas abiertas en España y la no inclusión del Reino Unido en la última lista europea coinciden con la nueva vuelta de tuerca de Londres respecto a su política de movilidad internacional. El pasado jueves, las autoridades británicas anunciaron una nueva “lista verde” de países y territorios hacia los que se facilitarían los viajes y en la que no figura ni un solo país de la UE, ni siquiera Portugal, que sí aparecía en la lista difundida tres semanas antes. Al igual que entonces, <strong>España aparece en la zona “ámbar”</strong> (siguiendo los colores del semáforo) de esta lista, <strong>revisable cada tres semanas y que incluye a los países en bloque y, por tanto, no prevé ningún tratamiento diferenciado por regiones.</strong> Por ese motivo, y como ya ocurriera en la ocasión anterior, la ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto, pidió este pasado viernes al Reino Unido que “atienda” a los datos de baja incidencia de contagios en la Comunidad Valenciana, las islas Canarias y Baleares a la hora de facilitar la llegada de turistas británicos. Las autoridades británicas no prohíben exactamente los viajes a los países que figuren en la zona “ámbar”, pero sí exigen a los viajeros, antes de su regreso a Reino Unido, la presentación de una prueba de PCR en el país de origen, otra PCR a la llegada (cada prueba de este tipo cuesta en torno a cien euros) y un periodo de cuarentena que sólo se puede acortar con una tercera PCR.