<h6><strong>The Diplomat</strong></h6> <strong>La ministra de Asuntos Exteriores, Arancha González Laya</strong>, ha dado su aprobación a un <strong>Código Ético por el que deberán regirse los trabajadores de su departamento</strong> y que ha sido enviado a todas las Embajadas. En el preámbulo del texto, al que tuvo acceso <em>The Diplomat</em>, se indica que se facilitara los empleados del Ministerio que puedan<strong> comunicar a la Inspección General del Servicio Exterior “cualquier comportamiento presuntamente ilegal o impropio,</strong> susceptible de contravenir los principios” del Código, sin perjuicio de las denuncias que se puedan presentar ante otros órganos administrativos o jurisdiccionales. Para denunciar esas actuaciones, se habilitará un canal, una dirección específica de correo electrónico, en el que se garantizará “la confidencialidad de las personas denunciantes y denunciadas” y se respetará la normativa de protección de datos. El Código hace un especial hincapié, desde sus primeros puntos, en que “s<strong>e evitará toda discriminación</strong> por razón de sexo, raza, origen étnico, religión o creencia, ideología o convicciones, discapacidad, edad, identidad de género u orientación sexual, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.” En concreto, añade que “<strong>se impulsarán políticas que garanticen la efectiva igualdad de género y los derechos de las personas LGTBI y de las personas con discapacidad”</strong>. También insta el Código a mantener “un trato respetuoso y profesional a la ciudadanía” y recuerda que “existe tolerancia cero con respecto a los comportamientos o las actitudes que puedan implicar un abuso de autoridad en el ejercicio del cargo o una grave desconsideración con las demás personas”. Advierte el código que “cuando se demuestre fehacientemente la comisión de estos hechos, se tomarán las medidas administrativas que sean precisas”. <strong>El Código incluye un punto relativo a los regalos</strong> que pueden recibir los trabajadores del Ministerio, incluidos los que se encuentran destinados en Embajadas y Consulados. Y así, señala que “No se ofrecerán, requerirán o aceptarán, directa o indirectamente, regalos o beneficios”, excepto en el caso de que se traten de<strong> “detalles de cortesía de un valor estimado inferior a 75 euros".</strong> Asimismo, se indica que “cuando las costumbres del país pudieran provocar que el rechazo o la devolución de regalos o beneficios fuera interpretado como una descortesía, podrán aceptarse, siempre y cuando se ponga en conocimiento de quien ocupe el puesto de superior jerárquico.”.