The Diplomat
El Gobierno aprobó ayer la octava prórroga del acuerdo del pasado 2 de febrero por el que se limitan los vuelos entre Brasil y Sudáfrica y los aeropuertos españoles para combatir la propagación del COVID-19.
La medida estará en vigor desde las 00:00 del día 25 de mayo (hora peninsular) hasta las 00:00 horas del 8 de junio de 2021 (hora peninsular). Desde Brasil y Sudáfrica solo podrán realizarse vuelos a España que estén ocupados por ciudadanos españoles o andorranos, así como residentes en ambos países o pasajeros en tránsito internacional a un país no Schengen con escala inferior a 24 horas sin abandonar la zona de tránsito del aeropuerto español.
Estas restricciones no afectan al personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo. Además, se contemplan otras exenciones relativas a vuelos de aeronaves de Estado, servicios de búsqueda y salvamento (SAR), vuelos con escala en territorio español con fines no comerciales y que tengan por destino final otro país, vuelos exclusivos de carga, posicionales (ferry) y humanitarios, médicos o de emergencia.
“Si bien es cierto que el riesgo de importación de casos desde ambos países se puede reducir gracias a las medidas de control sanitario aplicables a la llegada a España, ello no obsta para continuar extremando las precauciones ante el potencial de propagación de las variantes brasileña y sudafricana del virus”, advirtió el Ministerio del Interior.
En todo caso, en función de la evolución de la pandemia y de las decisiones que puedan adoptarse de forma coordinada en la Unión Europea, el Ministerio de Sanidad podrá levantar, por razones justificadas, estas limitaciones, que se alinean con las disposiciones del Comité de Emergencias de la Organización Mundial de la Salud y del Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades para evitar la propagación del virus.