<h6><strong>Luis Ayllón</strong></h6> El Ministerio de Asuntos Exteriores quiere que<strong> la “diversidad” sea tenida en cuenta, junto a la igualdad, el mérito y la capacidad, para acceder a la Carrera Diplomática.</strong> Así se desprende del último <strong>borrador de Reglamento de la Carrera Diplomática</strong> preparado por el departamento que dirige Arancha González Laya. El texto, elaborado, después de las observaciones presentadas por sindicatos y asociaciones profesionales al primer borrador, ha sido sometido de nuevo a audiencia pública, e incluye algunas modificaciones, entre ellas la relativa a <strong>la “diversidad”, que Exteriores quiere incluir como uno de los principios inspiradores del Reglamento.</strong> Por ello, en el preámbulo del texto, se señala que se han tenido en cuenta “los mandatos de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, a la hora de incluir criterios que fomentan la <strong>igualdad de trato y la diversida</strong>d, y considerar las mismas como <strong>principios informadores de este Reglamento”.</strong> Aunque en el borrador, no se indica de manera expresa, la medida está encaminada, según fuentes diplomáticas consultadas por<em> The Diplomat</em>, a <strong>evitar discriminaciones al colectivo LGTBI</strong>, una decisión que está planteando cierto <strong>debate</strong> en el seno de las asociaciones profesionales, <strong>sobre su legalidad</strong>, cuando ese principio de aplica a acciones concretas. Ese podría ser el caso de la modificación introducida en el artículo 3, relativo al<strong> ingreso en la Carrera Diplomática.</strong> La nueva redacción de ese artículo indica que ese acceso se realizará por oposición, de acuerdo con la oferta de empleo público y la convocatoria correspondiente publicada en el «Boletín Oficial del Estado», <strong>“garantizándose</strong>, en todo caso -señala textualmente-, los<strong> principios de igualdad y diversidad, mérito y capacidad</strong>, así como el de publicidad”. Las fuentes consultadas indicaron que se podría plantear un problema si en lugar de ser interpretada esa mención a la diversidad como un<strong> freno a la discriminación</strong> es utilizado en sentido contrario para<strong> favorecer una determinada orientación sexual.</strong> Por otra parte, el Ministerio de Asuntos Exteriores ha modificado también otro de los artículos del Reglamento de la Carrera Diplomática que levantó más polémica, el relativo a los <strong>embajadores jubilados</strong>, de quienes se decía que conservarían el título “con carácter honorífico, haciendo siempre uso de aquel con la debida diligencia y sin incurrir en conflicto de intereses”. Y se añadía que “el uso indebido podrá dar lugar a la exigencia de responsabilidad disciplinaria de conformidad con el régimen legal aplicable”. La nueva redacción dice que los embajadores conservarán ese título <strong>“con carácter honorífico tras la jubilación”</strong> y que cuando hagan un uso público del mismo <strong>“lo utilizarán seguido de la palabra (Jubilado)</strong> para indicar que ha alcanzado la situación de jubilación”. El temor expresado por los embajadores jubilados era que la referencia al “uso indebido” pudiera traducirse en una retirada del pasaporte diplomático.