Sergi García
Como clientes, tenemos derecho a quejarnos ante una empresa o entidad si su servicio no nos satisface o incluso si ha incumplido con sus expectativas de consumo. Durante esta pandemia, las reclamaciones contra las cláusulas de los bancos y la cancelación de vuelos ha sido una constante comprensible. Y, por ello, es preciso saber algo más acerca de las reclamaciones y su ejercicio legal.
La ley, ante todo
Los altos preceptos de la ley, aunque para muchos pueda parecer un sofisticado código moral y de conducta, son el muro de contingencia y seguridad de la sociedad. Aunque el libre albedrío haya sido siempre objeto de disputa y avivador de muchas pasiones, el ser humano necesita un ente superior que rija su desarrollo, que limite y a la vez permita el ejercicio de sus libertades. Asimismo, el arsenal de protecciones que confiere la ley no escatima en ámbitos, sino que los abarca con gran recelo, de las reclamaciones al legítimo derecho a la defensa, procurando una cobertura total a cuanto deba pasar por su filtro de verdad.
Hoy en día, y especialmente a causa de las adversidades que ha programa de forma aleatoria la pandemia del Covid-19, muchos ciudadanos se han visto dejados de lado por grandes empresas. Éstas, a su vez, y bajo la excusa de la situación actual, han mirado por sus intereses tratando de defender su postura en casos como la cancelación de vuelos y la no devolución del pago realizado. Por ello, profesionales como el abogado especialista David San Eloy Salas de reclamatorlawyers.com, ejercen con la férrea voluntad de, entre otros, asegurar que nuestras reclamaciones contra grandes compañías lleguen a buen puerto. Además, de un modo tan certero que su lema, “sólo cobramos si ganas”, se convierte en toda una declaración de principios, y no solo eso, sino que la firma del despacho de abogados reclamatorlawyers garantiza el mayor éxito con este lema también en sus reclamaciones laborales y bancarias.
De la estafa bancaria a la indemnización de la aerolínea
A grandes rasgos, una reclamación consiste en la resolución de una demanda que un individuo plantea contra otra entidad, por ejemplo, una empresa. Uno de los casos más recientes de su aplicación es el de las fusiones entre bancos, que, de un modo u otro, han desencadenado una explosión de nuevos intereses y cuotas a pagar que muchos clientes han visto con malos ojos. En el ámbito bancario, por lo tanto, puede presentarse una reclamación contra cláusulas abusivas, tanto sea por los gastos de hipoteca o alguna estafa encubierta en las tarjetas de crédito que nos empuje al endeudamiento. Situación que, lejos de hipotética, es ya una de las mayores hormas en los zapatos de nuestra historia.
En otro punto, y como se ha comentado, el sector de los viajes en avión ha sido, en este tiempo, otro problema a resolver con detenimiento y con cautela. Las restricciones de movilización y, por ende, fronterizas, que ha obligado como protección la pandemia del coronavirus ha atentado fuertemente contra las aerolíneas. Mientras que éstas han experimentado un descenso súbito de sus ganancias, los pasajeros se han visto inmersos en la imposibilidad de cancelar un vuelo y la ausencia de indemnización. Y, en cuanto ha sido posible viajar, pretendiendo abarcarlo todo, el overbooking en los vuelos ha dejado muchos pasajeros a la estacada.
En ambos casos, debemos saber de antemano que, tanto por nuestro perfil ciudadano como nuestra importancia como clientes, tenemos derecho a reclamar contra una empresa o entidad que nos haya causado ciertos infortunios. Básicamente, una queja que debe ser atendida por necesidad, dado que la inquebrantable correlación entre consumidor y empresa debe ser siempre bidireccional. Del mismo modo que la empresa ofrece un servicio, y éste debe ser justo para con el cliente, el cliente debe poder reclamar si dicho producto o servicio no ha cumplido con la expectativa que prometió la empresa.
Coherencia con la realidad de los hechos
Posiblemente, uno de los ejemplos de este tipo de queja formal y legal más extendidos en nuestro imaginario es el de la hoja de reclamaciones. Se trata de un documento que, solicitado por un cliente a un comercio o negocio, sirve para manifestar nuestra opinión sobre un suceso negativo en concreto. Por ejemplo, un mal servicio por parte de un camarero en un restaurante o de una dependienta en una tienda. Sin embargo, y aunque dicho documento sea también un toque de atención a considerar por parte de la plantilla y de su jefe, y por ello a fin de mejorar su servicio, este tipo de acciones acostumbra a desestimarse por orgullo. Aunque ello pueda activar el nacimiento de una mala reputación para la empresa.
La vía legal en la reclamación, por tanto, trata de agilizar y legitimar nuestras distintas reclamaciones de un modo férreo y seguro. No se trata ya de un mero toque de atención, sino que se trata de una queja formal, mediante abogados, para conseguir resultados de verdad. Evidentemente, la pandemia nos ha dejado un vestigio de tensión social difícil de asumir y que, cabe admitirlo, nos ha hecho más exigentes y menos comprensivos ante los errores. Es por ese motivo que abogar por una reclamación formal debe ser totalmente coherente con la realidad de los hechos. Aunque en todo caso, y si echamos mano de profesionales como David San Eloy Salas, su consunción estará más que asegurada.