<h6><strong>The Diplomat</strong></h6> <h4><strong>El Consejo de Ministros aprobó ayer el convenio hispano-francés sobre doble nacionalidad, el primero de este tipo que suscribe España con un país europeo.</strong></h4> El pasado mes de julio, <strong>los ministros de Asuntos Exteriores de España y Francia, Arancha González Laya y Jean-Yves Le Drian</strong>, anunciaron en París la intención de ambos países de firmar un convenio de doble nacionalidad. Según declaró la ministra en la rueda de prensa conjunta con su homólogo francés, el acuerdo “es el primero que hace España con un país europeo y es también algo excepcional en Francia”, y representa <strong>“una señal muy clara a los más de 275.000 españoles residentes en Francia y un guiño a los más de 125.000 franceses residentes en España”. </strong> <strong>España ha firmado, hasta la fecha, convenios de doble nacionalidad únicamente con países de Iberoamérica, concretamente con Chile (1958), Perú (1959), Paraguay (1959), Nicaragua (1961), Guatemala (1961), Bolivia (1961), Ecuador (1964), Costa Rica (1964), Honduras (1966), República Dominicana (1968), Argentina (1969) y Colombia (1979). </strong>“Este Convenio es, por tanto, el primero de esta naturaleza que se suscribe con un Estado no perteneciente al ámbito iberoamericano, de ahí su trascendencia para las relaciones entre ambos países”, destacó ayer el Consejo de Ministros. El artículo 11.3 de la Constitución española establece que <strong>“el Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España”.</strong> “En estos mismos países, aun cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen”, añade el artículo. España propuso a las autoridades francesas el inicio de las negociaciones para la firma de este acuerdo en marzo de 2019, mediante la entrega de un proyecto de convenio a través de la Embajada española en París. Las negociaciones se prolongaron hasta el mes de septiembre de 2020, cuando se alcanzó un consenso con las autoridades francesas sobre la redacción del texto. El objetivo de este convenio es dejar de exigir a los nacionales de ambas partes la renuncia a su nacionalidad de origen cuando adquieran la nacionalidad de la otra parte. No se prevén vías privilegiadas de acceso a la nacionalidad, ni una reducción del número de años para la obtención de la nacionalidad española por residencia, que seguirá siendo de diez años para los ciudadanos franceses.