The Diplomat
La Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas rechazó el pasado martes la apelación presentada en 2018 por Baréin, Egipto, Arabia Saudita y Emiratos Árabes contra la decisión de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), según la cual este organismo confirmaba que tenía jurisdicción para resolver el conflicto entre ambas partes.
Según un comunicado de la Embajada de Qatar, “el fallo allana el camino para que la Organización de Aviación Civil Internacional pueda juzgar la solicitud de Qatar, que afirmó que las restricciones de vuelo adoptadas por Baréin, Egipto y los Emiratos Árabes Unidos habían violado sus obligaciones en virtud del Acuerdo de tránsito para servicios aéreos Internacional”.
El Tribunal señala que el Artículo Dos, Sección Dos del Acuerdo de Tránsito para Servicios Aéreos Internacionales establece que el Consejo de la OACI decida «cualquier disputa entre dos o más Estados contratantes con respecto a la interpretación o aplicación de este Acuerdo» en caso de que no se resuelva la disputa mediante negociación.
El 5 de junio de 2017, los gobiernos de Baréin, Egipto, los Emiratos Árabes Unidos y Arabia Saudita anunciaron la ruptura de las relaciones diplomáticos con Qatar y adoptaron una serie de medidas restrictivas relacionadas con los enlaces terrestres, marítimos y aéreos con Qatar, que incluían algunas restricciones a la aviación.