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Un tribunal belga rechaza la disparatada demanda de Puigdemont contra Llarena y España

ALBERTO VELASCO
26 de abril de 2020
en Tribuna
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José Antonio de Yturriaga

Embajador de España

 

Al fin nos han llegado buenas noticias procedentes del Reino de los Belgas, pues un Tribunal francófono de primera instancia de Bruselas (sala 75) ha rechazado la demanda presentada por Carles Puigdemont y  otros cuatro ex-Consejeros del Gobierno  catalán contra el  magistrado-instructor del Tribunal Supremo (TS) en el proceso del 1-O, Pablo Llarena y, subsidiaria pero intencionadamente, contra el Estado español y su Administración de Justicia. Aunque el fallo fue dictado el pasado 27 de marzo, no ha salido a la luz pública hasta hacer unos días.

 

En una política concertada, las instituciones catalanas y los políticos prófugos de la acción de la Justicia española han unido sus esfuerzos para denigrar la a los Tribunales y acusar a España ante la opinión pública internacional de no ser un Estado de Derecho y de violar los derechos fundamentales de la minoría catalana. Siguiendo esta línea de acción, el Parlamento de Cataluña decidió en abril de 2018 querellarse contra Llarena y, el 24 de junio, el Presidente del Parlament, Roger Torrent, presentó contra él la correspondiente querella ante el TS, que no la admitió a trámite por contener graves defectos de forma. En paralelo, el 5 de junio, Puigdemonr y cuatro de sus antiguos Consejeros –Antoni Comín, Meritxelle Serret, Clara Ponsatí y Lluis Puig- presentaron antes los Tribunales belgas una querella criminal y una demanda civil para reparación de daños morales contra el magistrado-instructor.

 

El Gobierno español, de forma cicatera e irresponsable, se negó en un principio a respaldar la actuación de Llarena y a ofrecerle cobertura jurídica, por estimar que había actuado a título particular y, tanto la Vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, como la Ministra de Justicia, Dolores Delgado, afirmaron que el Estado no defendería en ningún caso al magistrado por los actos privados que se le atribuían, pues ello supondría defender a un particular por afirmaciones de carácter privado realizadas al margen de su junción judicial. Esta lamentable reacción sorprendió sobremanera al mundo judicial y al propio interesado, que solicitó amparo ante el Consejo General del Poder Judicial.

 

Llarena destacó el riesgo que la querella y la demanda civil presentadas contra él suponían para la integridad de la jurisdicción española, pues cuestionaría la independencia de la instrucción, pretendiendo que se encomendara a un tribunal belga apreciar la corrección de su labor.

 

El Consejo afirmó al respecto: “Se nos antoja difícil considerar que pueda existir una actuación que vulnere de forma más flagrantes y burda la independencia de un juez español”. Concedió su amparo a Llarena e instó a los Ministerios de Justicia y de Asuntos Exteriores a que el Estado se personara ante la Justicia belga y designara a un letrado para que defendiera al demandado. El Servicio Jurídico del Estado –liderado por la Fiscal General Consuelo Castro- señaló que no advertía que la habilitación de ayuda a Llarena estuviera en contradicción con la defensa de los derechos y los intereses del Estado, que estaba en discusión en el proceso civil incoado en Bélgica. El hecho de que estuviera siendo demandado  por el legítimo ejercicio de su función de instructor de un proceso penal en el TS le atribuía una posición de persona que ejercía una de las manifestaciones del poder judicial español.

 

Todas las asociaciones de jueces y fiscales –a excepción de la de Jueces para la Democracia- arroparon la petición de  amparo de  Llarena. El Presidente de la Asociación Profesional de Jueces, Manuel Almenar, señaló que el Gobierno  debería actuar sin reserva porque se trataba de defender no sólo a Llarena, sino también  a la soberanía nacional, y el de la Asociación Francisco de Vitoria, Raimundo Prado, comentó que no tenía sentido que el juez que instruía un proceso en un Estado miembro de la UE fuera demandado en otro Estado de la misma por el ejercicio de su función jurisdiccional. La propia Unión Progresista de Fiscales –a la que pertenecía Delgado- declaró que la querella de los líderes independentistas suponía un grave atentado contra la soberanía del Estado y contra la independencia de los órganos jurisdiccionales españoles. Este clamor judicial llegó hasta el otro lado del Atlántico, donde a la sazón se hallaba en visita oficial el Presidente Pedro Sánchez, quien cambió la postura del Gobierno, desautorizando a su Vicepresidenta y a su Ministra de Justicia, y decidió designar al abogado Hakim Boulabah para que defendiera ante los tribunales belgas a Llarena y al Reino de España.

 

La demanda iba en realidad contra el Estado español, al que los demandantes cuestionaban la independencia de su  poder judicial e incluso la condición de Estado de Derecho. España era un “Estado delincuente”, al que situaban junto a Kazajstán, y el sistema judicial español era incapaz de  tratar la cuestión catalana de forma imparcial. “Distintas jurisdicciones de España han tomado numerosas decisiones judiciales y realizado múltiples violaciones incompatibles con los valores que fundamentan la UE”. Desde hacía bastantes años, estas actuaciones se inscribían en el marco de una violación sistemática del Derecho europeo, cometida por el Gobierno español sobre la minoría catalana y los movimientos políticos favorables a la independencia, en contra de los principios de un Estado de Derecho y generaban, por consiguiente, la responsabilidad civil del  Reino de España. Los Estados no podían  invocar la inmunidad de jurisdicción para eludir esa responsabilidad.

 

Por primera vez, Puigdemont y sus corte de validos -que han abusado temerariamente de la justicia y tantas veces han ido a por lana a los tribunales belgas- han salido trasquilados en esta ocasión. El tribunal bruselense no sólo ha rechazado el planteamiento de una cuestión prejudicial al TJUE sobre la interpretación de una norma de Derecho Internacional como la inmunidad de jurisdicción del Estado y  negado la demanda de reparación por los daños morales supuestamente infligidos por el magistrado Llarena y el TS a los demandantes, sino que los ha condenado a los demandantes al pago de las costas del juicio. Esperemos en que ésta sea –como decía el inspector Renaud a Ricky en la mítica película “Casablanca”- el “comienzo de una nueva amistad”.

 

** Este artículo es un resumen del publicado por el autor en su blog. Puede leer aquí la versión completa en español.

 

© Todos los derechos reservados

 

 

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