<h6><strong>The Diplomat</strong></h6> <h4><strong>El Grupo Parlamentario de Ciudadanos en el Congreso de los Diputados ha presentado una Proposición de Ley Orgánica para “evitar la impunidad de los huidos de la Justicia” por los delitos de sedición, que incluye, entre otras propuestas, penas de prisión para quienes colaboren en su huida.</strong></h4> En su <a href="http://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/B/BOCG-14-B-36-1.PDF" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Proposición</a>, presentada el pasado 15 de enero, la formación naranja recuerda que “todos los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico” y que “quienes desempeñan cargos y funciones públicas tienen además la obligación de guardar y hacer guardar la Constitución como norma de fundamental del Estado”. Por ese motivo, Ciudadanos considera “especialmente preocupante” que cargos públicos que cometen delitos “de tal gravedad como la sedición” traten de eludir sus responsabilidades burlando a la justicia y “prevaliéndose de su cargo”, sobre todo <strong>“cuando tal evasión se produce mediante la fuga a un país extranjero con la intencionalidad de aprovechar sus instituciones propias para entorpecer o, por lo menos, demorar la coordinación judicial que se presume entre Estados Miembro de la Unión Europea”.</strong> <strong>“No es admisible que nadie, no digamos cargos que ostentan la máxima representación del Estado en su respectiva Comunidad Autónoma, eviten rendir cuentas por los delitos que hayan cometido ante las autoridades judiciales de su propio país”</strong>, añadió Ciudadanos, en referencia a los antiguos dirigentes de Cataluña implicados en el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y que huyeron de España para evitar su procesamiento, como el ex presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y los ex consellers catalanes Antoni Comín, Lluís Puig y Clara Ponsatí, <strong>“Esta situación, en principio desconcertante, se produce porque la huida que determina la declaración de rebeldía procesal no implica, en nuestra legislación, ninguna consecuencia que desaliente la fuga o, no digamos, que incentive el retorno a territorio nacional y la puesta disposición de las autoridades judiciales respectivas”</strong>, lamentó el partido de Inés Arrimadas. Por ello, y “para resolver este vacío”, la Proposición de Ley Orgánica plantea una modificación del artículo 839 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para que se declare <strong>“rebelde”</strong> a todo responsable huido de la justicia y para que, “durante el tiempo que se mantenga dicha situación”, se imponga a la persona implicada <strong>la inhabilitación para el desempeño de cualquier cargo o empleo público, la prohibición de percibir retribución, indemnización o percepción económica de cualquier tipo que, directa o indirectamente, provenga de fondos públicos; la prohibición de ser beneficiario de subvenciones o ayudas públicas, la prohibición de contratar con las entidades del sector público y el embargo de sus bienes y efectos, de acuerdo con la Ley de Enjuiciamiento Civil.</strong> Asimismo, la Proposición modifica el artículo 451 del Código Penal para que se castigue <strong>“con la pena de prisión de seis meses a tres años”</strong> a quien, “con conocimiento de la comisión de un delito y sin haber intervenido en el mismo como autor o cómplice”, <strong>ayude a los presuntos responsables de un delito a eludir la investigación de la autoridad o a sustraerse a su busca o captura</strong> y a quien oculte, altere o inutilice pruebas para impedir su descubrimiento. “<strong>Cuando el favorecedor haya obrado con abuso de funciones públicas, se impondrá, además de la pena de privación de libertad, la de inhabilitación especial para empleo o cargo público</strong> por tiempo de dos a cuatro años si el delito encubierto fuere menos grave, y la de inhabilitación absoluta por tiempo de seis a doce años si aquél fuera grave”, añade la Proposición.