<h6><strong>The Diplomat</strong></h6> <h4><strong>El Consejo de Ministros ha remitido a las Cortes Generales el Convenio entre España y Azerbaiyán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.</strong></h4> El convenio es el resultado de un largo proceso negociador que comenzó en 1999, cuando Azerbaiyán remitió a España un proyecto de convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal. España consideró entonces que el convenio bilateral que mantenía con la desaparecida Unión Soviética desde 1985 mantenía su vigencia en tanto no se produjera una denuncia, pero Azerbaiyán advirtió de que no se consideraba Estado sucesor de la URSS en esta materia. Como consecuencia de ello, en 2007 se iniciaron las conversaciones bilaterales, que concluyeron en noviembre de 2010 con la autorización de la firma del nuevo convenio por parte del Consejo de Ministros. Finalmente, el texto fue firmado el 23 de abril de 2014 por el entonces ministro de Asuntos Exteriores, <a href="https://thediplomatinspain.com/2014/04/margallo-insiste-en-la-diplomacia-economica-ahora-en-uzbekistan-y-azerbaiyan/"><strong>José Manuel García-Margallo</strong></a>, y su homólogo azerí, Elmar Mammadyarov, coincidiendo con la primera visita oficial a Bakú de un jefe de la diplomacia española. El convenio afecta a las personas residentes de uno o de ambos Estados respecto a los impuestos exigibles por cada uno de ellos en ámbitos como las rentas inmobiliarias, los beneficios empresariales, el transporte marítimo y aéreo, las empresas asociadas, los dividendos, los intereses, los cánones, las ganancias de capital, las rentas del trabajo, las participaciones de consejeros, las rentas de artistas y deportistas, las pensiones, la función pública y la imposición del patrimonio. El texto entrará en vigor por un plazo inicial de cinco años una vez cumplimentadas las notificaciones correspondientes entre los dos Estados.