Anuncio de la reapertura de la delegación catalana en Alemania./ Foto: @exteriorscat
Luis Ayllón. 27/09/2018
El Gobierno presentó este pasado martes recurso contencioso-administrativo contra la reapertura por la Generalitat de Cataluña de sus delegaciones en EEUU, Reino Unido e Irlanda, Alemania, Irlanda, Suiza, Italia y Francia.
El recurso contra la decisión del Gobierno de Joaquim Torra de volver a abrir las conocidas como ‘embajadas’ catalanas en el exterior que habían sido cerradas por el Ejecutivo de Mariano Rajoy tras la aplicación el pasado año del artículo 155 de la Constitución, había sido anunciada el pasado mes de agosto por el Ministerio de Asuntos Exteriores, pero no se ha concretado hasta ahora.
Exteriores considera que el Decreto 126/2018 de la Generalitat de Cataluña, de 26 de junio, por el que se vuelven a poner en funcionamiento las ‘embajadas’ en los mencionados países no cumple “las condiciones que establece la legislación vigente” en materia de creación de delegaciones autonómicas fuera de las fronteras españolas.
Ello se debe a que el artículo 12 de Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado establece que antes de la creación de sus delegaciones en el exterior para el ejercicio de sus competencias, las Comunidades Autónomas deben comunicar este hecho al Gobierno de España. De esta forma, el MAUC puede informar sobre la adecuación de la propuesta a las directrices, fines y objetivos de la Política Exterior, la Estrategia de Acción Exterior y, en particular, con el principio de eficiencia en la gestión de los recursos públicos.
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Exteriores considera que no cumplió la exigencia legal de comunicarlo con antelación suficiente al Ministerio
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La Generalitat, sin embargo, comunicó al Ministerio la creación de las delegaciones con sólo 24 horas de antelación a la publicación del decreto, tiempo insuficiente para que Exteriores pudiera proceder a emitir un informe y determinar si la actividad que desarrollan es conforme o no el principio de unidad de acción exterior.
Cuando desde el Ministerio comunicaron su disconformidad los responsables de la Generalitat, éstos argumentaron que en realidad no estaban abriendo ninguna nueva delegación sino reabriendo las que el gobierno central había cerrado.
Sin embargo, en el proceso de creación de las delegaciones tras la entrada en vigor de la Ley de Acción y del Servicio Exterior, tampoco se cumplieron los trámites legales, por lo que el Ejecutivo exterior interpuso los correspondientes recursos contencioso-administrativos. Posteriormente, tras la aplicación del artículo 155 y el cierre de las delegaciones, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña archivó los recursos al estimar que se había perdido el objeto de los mismos.
El Ministerio advirtió ayer en un comunicado que «no cuestiona la facultad del Gobierno de la Generalitat de Cataluña de establecer delegaciones en el exterior para el ejercicio, dentro del ámbito de sus competencias, de actividades con relevancia exterior, pero la creación de dichas Delegaciones debe ajustarse a lo establecido por la Ley de la Acción y del Servicio Exterior del Estado”.
Por ello, Exteriores «lamenta tener que presentar recursos ante la jurisdicción contencioso administrativa, pero no se le deja otra opción para preservar el mandato legal. Tal recurso no afectará en modo alguno a las delegaciones que la Generalitat mantiene como oficinas comerciales (Acció), ni a las oficinas turísticas o las culturales, creadas de conformidad con el procedimiento legal vigente”, concluyó.