Foto: MAPAMA
The Diplomat. 15/04/2018
El Consejo de Ministros autorizó este pasado viernes la firma del acuerdo bilateral de pesca entre España y Portugal sobre las condiciones de ejercicio de la actividad de las flotas española y portuguesa en las aguas de ambos países.
El acuerdo, cuya autorización se produce en vísperas de la visita oficial de tres días que iniciará mañana en España el presidente portugués, Marcelo Rebelo de Sousa, vendrá a sustituir al suscrito en 2014 entre ambos países y permitirá la gestión adecuada de la pesca en las zonas económicas exclusivas respectivas, además de proporcionar estabilidad a los operadores de ambos países.
El acuerdo, que tendrá una vigencia de cinco años, fijará las áreas donde se puede realizar la actividad pesquera de cada país. Estas áreas son las desembocaduras de los ríos Miño y Guadiana y las aguas sometidas a soberanía o jurisdicción española y portuguesa del océano Atlántico que rodean la Península Ibérica.
Tal como recordó el Gobierno, la presencia pesquera de las flotas españolas y portuguesas en aguas del país vecino está regulada desde 1986 por los acuerdos bilaterales suscritos entre el reino de España y la República portuguesa, “lo que muestra la estable relación que en esta materia se ha mantenido”. Estos acuerdos, prosiguió, “han funcionado correctamente siendo muy beneficiosos para el sector pesquero tanto de España como de Portugal”.