<span style="font-size: small;">Montoro y su homólogo qatarí durante la firma del convenio./ Foto: <strong>Ministerio de Hacienda</strong></span> <span style="font-size: small;"><strong>The Diplomat.</strong> 02/01/2018</span> <span style="font-size: medium;"><strong>El próximo 6 de febrero entrará el vigor el Convenio entre España y Qatar para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta, cuyo objetivo es proporcionar un marco de seguridad jurídica y fiscal que favorezca unas relaciones económicas que, según el Gobierno, son “buenas” pero inferiores a las de otros países de la UE. </strong></span> El <a href="https://www.boe.es/boe/dias/2017/12/15/pdfs/BOE-A-2017-14765.pdf" target="_blank" rel="noopener"><strong>convenio,</strong></a> firmado en Madrid en septiembre de 2015 y aprobado por el Congreso y el Senado entre junio y octubre de este año, se aplicará a los impuestos sobre la renta exigibles por cada uno de los dos Estados contratantes. En el caso de España, el acuerdo se aplicará al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre la Renta de Sociedades, el Impuesto sobre la Renta de no Residentes y los impuestos locales sobre la renta. El objetivo del acuerdo, <a href="https://thediplomatinspain.com/el-gobierno-remite-las-cortes-el-convenio-con-qatar-sobre-doble-imposicion/" target="_blank" rel="noopener"><strong>según el Gobierno,</strong></a> es “proporcionar un marco de seguridad jurídica y fiscal que favorezca los intercambios económicos bilaterales y facilite la cooperación entre las autoridades fiscales en el desempeño de sus funciones”. Aparte, el convenio incorpora una cláusula antiabuso para evitar que pueda ser utilizado para favorecer la evasión fiscal y la opacidad en los flujos internacionales de capitales. [hr style="single"] <span style="font-size: x-large;">El Gobierno espera que ayude a mejorar unas relaciones económicas “buenas” pero inferiores a las de la UE</span> [hr style="single"] El<a href="http://www.exteriores.gob.es/Documents/FichasPais/QATAR_FICHA%20PAIS.pdf" target="_blank" rel="noopener"><strong> Gobierno</strong></a> confía en que la entrada en vigor de Convenio favorezca unas relaciones económicas que <strong>“son buenas, pero están por detrás de países de nuestro entorno en la UE”</strong>. En 2016, España fue el sexto proveedor a Qatar de la UE, con cifras muy inferiores a las de Alemania, Reino Unido, Francia o Italia. El <strong>saldo de la balanza comercial, según el Gobierno, “ha sido históricamente desfavorable a España</strong> debido al gran peso que supone nuestras compras de <strong>combustibles fósiles</strong>”. España es el cuarto cliente de Qatar dentro de la UE, sólo por detrás de Reino Unido, Italia y Bélgica. Por otra parte, <strong>las inversiones bilaterales entre España y Qatar arrojan cifras bajas, aunque han crecido en los últimos años.</strong> Entre 1993 y 2016, la inversión qatarí en España acumulada fue de 783 millones de euros y la española en Qatar para el mismo período de 20 millones. Las inversiones directas son también muy reducidas. En 2014, el <i>stock </i>de inversión española en Qatar alcanzó los 102 millones de euros y la inversión qatarí en España se situó en 90 millones.