Junqueras, Puigdemont y Turull./ Foto: Govern
The Diplomat. 23/09/2017
La Asociación Española de Profesores de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales (AEPDIRI) lamentó ayer “los errores en la invocación del Derecho Internacional para dotar de fundamento jurídico a la ley de autodeterminación” en Cataluña y advirtió de que la doctrina de la ONU y la jurisprudencia y las normas internacionales sólo contemplan la autodeterminación y la independencia para “los pueblos de los territorios coloniales o sometidos a subyugación, dominación o explotación extranjera”.
En una declaración pública, la AEPDIRI recordó también que, de acuerdo con la práctica internacional, se puede aceptar el “derecho de separación” para los pueblos “cuya identidad étnica, religiosa, lingüística o cultural es perseguida reiteradamente por las instituciones centrales o sus agentes periféricos” o cuyos miembros “son objeto de discriminación grave y sistemática”, con las consiguientes “violaciones generalizadas de los derechos fundamentales”.
Por tanto, advirtió, “Cataluña no es una entidad que disfrute de un derecho de separación del Estado reconocido por el Derecho Internacional” y, por tanto, “el derecho de libre determinación no puede constituir el fundamento jurídico para consultar a los ciudadanos sobre su independencia, como pretende el referéndum previsto en la Ley 19/2017 del Parlament, actualmente suspendida por el Tribunal Constitucional”.
“Nada en los Pactos Internacionales de 1966, en ningún otro tratado sobre derechos humanos, ni en la jurisprudencia internacional apunta a la consagración de un derecho de las comunidades territoriales infraestratales a pronunciarse sobre la independencia y separación del Estado”, prosiguió.
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La autodeterminación se reserva para pueblos coloniales, subyugados o perseguidos por motivos étnicos
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Aparte, según la Asociación, las normas generales del Derecho Internacional no prohíben que los Estados soberanos “dispongan en sus propios ordenamientos jurídicos supuestos y procedimientos de separación de sus comunidades territoriales”. No obstante, añadió, “la inmensa mayoría, lejos de hacerlo, proclaman a unidad e integridad territorial como principios básicos de su orden constitucional”.
La declaración recordó también que la UE “respeta y protege la identidad nacional y la estructura constitucional y de autogobierno de sus Estados” y exige que éstos “respeten y hagan respetar el Estado de derecho, de modo que todos los poderes públicos se sometan a la Constitución, a las leyes y a su aplicación por los tribunales”.