Fátima Báñez y su homólogo chino, Yin Wimin firmaron el Convenio durante la reunión del G20 de los ministros de Empleo que se celebra en Alemania en mayo./ Foto: Seguridad Social
The Diplomat. 24/07/2017
El Gobierno quiere que el Convenio de Seguridad Social con China suscrito hace un par de meses entre en vigor lo antes posible. De ahí que el Consejo de Ministros remitiera la pasada semana el texto a las Cortes Generales para que sea tramitado por el procedimiento de urgencia.
El Convenio evitará la doble cotización por parte de los trabajadores desplazados de uno a otro país, garantizará su protección social y reducirá los costes laborales de las empresas afectadas.
Las autoridades chinas, según el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, han comunicado que, de acuerdo con su legislación, el acuerdo ya ha cumplido con los requisitos internos necesarios, por lo que una vez sea aprobado por el Parlamento español estará listo para su aplicación.
Madrid y Pekín comenzaron a negociar el texto en 2011 y finalmente pudo ser firmado el pasado 19 de mayo en Alemania por la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, y su homólogo chino, Yin Weimin, aprovechando la reunión de ministros de Empleo del G-20. Sólo unos días después el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, comenzó una visita oficial a China.
Los dos países acordaron establecer un plazo inicial de seis años en el que los trabajadores españoles desplazados por su empresa a una delegación en China estarán asegurados por el sistema español.
[hr style=»single»]
El texto evitará la doble cotización por los trabajadores desplazados a uno u otro país
[hr style=»single»]
Durante este periodo, las cotizaciones por prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia y desempleo se realizarán al organismo español. Por ello, quedarán exentos de cotizar al seguro básico de vejez para trabajadores por cuenta ajena y al seguro de desempleo de China.
Sin embargo, las cuotas por asistencia sanitaria, incapacidad temporal y por accidente de trabajo y enfermedad profesional se realizarán a la administración china.
Una vez concluido el plazo de seis años, si los trabajadores deben prolongar su estancia laboral en China, se podrá prorrogar por acuerdo de ambas administraciones.
Las cotizaciones por los trabajadores chinos desplazados a España se realizarán a la Seguridad Social española por las prestaciones del régimen general durante el mismo periodo de tiempo que en los casos anteriores. No obstante, las cuotas por pensiones derivadas de contingencias comunes o por accidente laboral y desempleo se realizarán al organismo chino.