Proyecto de Cooperación Española en Mozambique./ Foto: Miguel Lizana, AECID, Flickr
The Diplomat. 18/07/2017
La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) ha convocado nuevas subvenciones para la realización de proyectos de innovación para el desarrollo por un monto total de tres millones de euros.
El objeto de la convocatoria es financiar proyectos que impulsen, en los llamados Países de Asociación de la Cooperación Española, “soluciones innovadoras, ya desarrolladas y testadas exitosamente a nivel piloto, con el fin de aplicarlas y demostrar la posibilidad de replicarlas a mayor escala buscando un impacto positivo y relevante en las condiciones de vida de las personas más desfavorecidas y en la cohesión social”, según se lee en el BOE.
En el marco de su cuarto Plan Director (el quinto se prevé que esté aprobado a finales de este año), la Cooperación Española concentra actualmente sus actividades en 23 Países de Asociación (PA), doce en América Latina y Caribe (Bolivia, Colombia, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, Nicaragua, Paraguay, Perú y República Dominicana), cuatro en el Norte de África y Oriente Próximo (Mauritania, Marruecos, Población Saharaui y Palestina), tres en África Subsahariana Occidental (Mali, Níger y Senegal), tres en África Central, Oriental y Austral (Etiopía, Guinea Ecuatorial y Mozambique) y uno en Asia (Filipinas).
Los proyectos subvencionados deberán abordar problemas sociales, económicos, medioambientales y de la agenda de desarrollo “de forma integrada y con un enfoque innovador en términos de producto, servicio, proceso o estrategia, incluyendo siempre un componente tecnológico”.
[hr style=»single»]
Las entidades adjudicatarias deberán presentar proyectos en los Países de Asociación de la Cooperación Española
[hr style=»single»]
La convocatoria se financiará con cargo a los Presupuestos Generales del Estado por un importe de tres millones de euros, exactamente la misma cantidad prevista en el ejercicio anterior para este tipo de subvenciones.
Las beneficiarias de estas subvenciones serán entidades del sector privado empresarial (empresas, empresas sociales, asociaciones o fundaciones empresariales), del sector social (ONGD, fundaciones o asociaciones) y del ámbito académico y de la investigación (universidades, fundaciones universitarias o centros de investigación, tanto públicos como privados).
Todos los adjudicatarios deberán estar constituidos legalmente en España y gozar de capacidad jurídica y de obrar. En el caso de las empresas, deberán tener domicilio social y fiscal en España. Quedan excluidos las administraciones públicas, organismos internacionales o multilaterales y cualquier entidad en cuyo capital social o patrimonio participe Administración Pública, excepto en el caso de las universidades, de los centros de investigación y otros análogos.