<span style="font-size: small;">Romeva en una comparecencia ante el Parlamento catalán. </span> <span style="font-size: small;"><strong>The Diplomat. </strong>21/06/2017</span> <strong><span style="font-size: medium;">El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha incluido en el orden del día de esta semana la resolución del recurso que interpuso el Gobierno central contra el departamento de Asuntos Exteriores de la Generalitat catalana dirigido por Raül Romeva.</span></strong> La ponencia ha recaído en el magistrado de carácter conservador Santiago Martínez Vares y se prevé un fallo inminente, quizás mañana jueves, en el que se invalidará dicha nomenclatura, según fuentes jurídicas consultadas por <em>The Diplomat</em>. El TC levantó hace casi un año, el 29 de junio de 2016, la suspensión que pesaba desde cuatro meses antes sobre las actividades del departamento de Romeva, aunque mantuvo la medida cautelar de no permitir la denominación inicial de este órgano del gobierno catalán como de “Asuntos Exteriores”. Tras admitirse a trámite el recurso, el Ejecutivo catalán cambió el nombre inicial de este departamento por el de “Asuntos y Relaciones Institucionales y Exteriores y Transparencia de la Generalitat”, por entender que el inicial constituiría una vulneración de la decisión del Tribunal Constitucional de suspender su actividad. Pese a ello, Romeva ha sido presentado siempre como consejero de Asuntos Exteriores e, incluso, como “ministro” del ramo cuando se ha desplazado al extranjero. Para ello, el Govern argumenta que el término “minister”, en inglés, sirve para traducir la acepción de “consejero”. El Gobierno sostuvo en su recurso que, con independencia de la denominación que use este departamento, se mantenían invariables las funciones que le atribuyó el nuevo Govern catalán y que incluía la atribución de la política exterior, una competencia exclusiva del Estado. Este incidente de ejecución también está pendiente de resolución por parte del TC. [hr style="single"] <span style="font-size: x-large;">Romeva se ha presentado siempre como consejero de Asuntos Exteriores y como “ministro” en el extranjero</span> [hr style="single"] El Ejecutivo subrayó que la política internacional es competencia exclusiva del Estado, por lo que ningún órgano autonómico puede arrogarse el ejercicio de la misma, y argumentó que la Ley de la Acción y del Servicio Exterior del Estado exige que las Comunidades Autónomas coordinen con Madrid cualquier actividad internacional que quieran desarrollar "dentro de sus competencias". Dicho recurso contó con el informe favorable del Consejo de Estado y de la Abogacía y al entender que, de seguir funcionando, el departamento de Romeva “podría generar consecuencias contrarias al ordenamiento jurídico”.