Fachada del Palacio de Santa Cruz, sede del Ministerio de Asuntos Exteriores
The Diplomat le ofrece el texto completo del proyecto de nuevo Reglamento
Luis Ayllón. Madrid
El Reglamento de la Carrera Diplomática en España, que data del año 1955, está a punto de desaparecer. El Ministerio de Asuntos Exteriores, después de un periodo de consultas a los diplomáticos, ha concluido ya, para su envío a consulta del Consejo de Estado, el nuevo texto que regulará el funcionamiento de la Carrera Diplomática.
The Diplomat ha tenido acceso al borrador de Reglamento, que ofrece a sus lectores, y que tiene como principal novedad el sistema para el nombramiento de nuevos embajadores. Con carácter general serán necesarios 20 años de Carrera, para optar a una jefatura de misión, aunque el Gobierno mantendrá la posibilidad de nombrar a cualquier persona que considere oportuno, sea diplomático o no.
Lo normal es que, para las Embajadas en los países u organismos internacionales más importantes para la política exterior española como Estados Unidos, Francia, Alemania, Marruecos, la ONU o la UE, por ejemplo, el Ejecutivo adopte la decisión sin atenerse al nuevo mecanismo de propuesta de embajadores.
Las embajadas y representaciones permanentes quedarán divididas en tres grupos, de mayor a menor importancia
Para el resto de los casos, este es en síntesis el sistema que puede estar vigente en el futuro en España:
-Se establece un mecanismo para solicitar los puestos de embajador vacantes, que serán hechos públicos en una convocatoria pública.
-La convocatoria se hará cada año por el ministro, antes del 30 de septiembre, especificando los puestos a los que se puede optar. Los solicitantes que reúnan las condiciones exigidas dispondrán de quince días desde la convocatoria para hacer la solicitud.
– Las embajadas y representaciones permanentes quedarán divididas en tres grupos, de mayor a menor importancia. Para las del Grupo I, se exigirá tener la categoría de ministro plenipotenciario de tercera clase y haber ocupado previamente otra jefatura de misión. Para las del Grupo II, se exigirá la misma categoría y haber desempeñado durante al menos tres años un puesto directivo en las Administraciones Públicas, en la UE o en un organismo internacional, así como haber sido durante tres años al menos segundo jefe de misión o cónsul general. Para las del grupo III, se necesitará la categoría profesional de consejero de Embajada, haber ocupado los mismos puestos que en las del grupo II, pero durante dos años, y tener al menos veinte años de antigüedad en la Carrera. En los otros dos grupos no se exige este último requisito, porque el acceso a ministro plenipotenciario se produce normalmente después de veinte años de carrera.
– Un Grupo de Trabajo, presidido por el subsecretario de Exteriores, analizará las peticiones, verificará el cumplimiento de las condiciones y valorará una serie de criterios de competencias profesional y experiencia de los candidatos. Después elevará al ministro una terna de candidatos, por orden de preferencia, para ocupar las vacantes.
ACCEDA AQUÍ AL PROYECTO DE REGLAMENTO DE LA CARRERA DIPLOMÁTICA